La Comisión de Asuntos Gallísticos del Departamento de Recreación y Deportes reveló ayer que aspira a integrar durante ese año a las decenas de galleras que operan de forman clandestina en la Isla.

 Gerardo Mora, director de dicha comisión, reveló a Primera Hora que en la Isla operan un total de 80 galleras legalmente reguladas y aproximadamente un total de 140 que operan de manera ilegal.

“Mi meta es poder integrar esas galleras ilegales, no necesariamente cerrarlas. Ya lo hice con cuatro de ellas. Pero si no nos queda otra alternativa, vamos a intervenirlas con la policía y cerrarlas”, dijo Mora a Primera Hora.

Este medio conversó con Mora en el contexto de la aprobación esta semana de una nueva orden administrativa que fue anunciada ayer por el secretario del Departamento de Recreación y Deportes, Andrés Waldemar Volmar Méndez, mediante la cual se regula la modalidad de crestas y desbarbas del deporte de gallos. 

Esta orden determina que esa modalidad comenzará a correr a partir de noviembre, mientras que la modalidad de pollos con crestas y barbas se jugará solamente desde el 1 de julio hasta el 31 de octubre.

“Hay muchos galleros que ya tienen a sus pollos desbarbados y quisieran utilizarlos en verano. Pero esta no es la temporada para eso. Esa empieza en noviembre. La que empezará ahora será la temporada de pollos con crestas y barbas, y eso ha creado un poco de malestar”, explicó Mora.

“La razón que hacemos esto es buscando proteger el negocio. Si no hacemos esto y permitimos que usen los pollos desbarbados ahora entonces para noviembre –que es cuando oficialmente empieza la temporada de pollos desbarbados– habrá muy poca cantidad de esta modalidad lista para pelear. Preferimos que para esta época solo se utilicen los pollos con crestas y barbas”.

 La duración de estas peleas de pollos será de diez (10) minutos, y se dispone además, que las espuelas a usarse serán las plásticas opacas desechables, a no más de una pulgada y seis dieciseisavos (1-6/16”) y puesta en la pata no más de (1-8/16”). 

A los Administradores u operadores de galleras y a los jueces de valla de inscripción que se encuentren incursos en violación a esta Orden Administrativa, se les aplicarán las siguientes multas y/o sanciones: la primera violación será $200, la segunda violación será $300 y la tercera violación será de $500 y la suspensión de su licencia por el mínimo de un año, a partir de la fecha en que se incurrió en la infracción.