Aunque apoyó que se aumente la presencia de exponentes de música autóctona en espectáculos financiados con fondos públicos, el Instituto de Cultura Puertorriqueña (ICP) mostró reparos este martes respecto a la manera en que un proyecto de ley propone fiscalizar el cumplimiento de esa normativa, que busca promover géneros como la bomba, la plena, la trova y la danza. 

Jorge Irizarry Vizcarrondo, director ejecutivo del ICP, objetó que el Proyecto del Senado 414 (P. del S. 414) le imponga a esa entidad pública la obligación de certificar, al menos 48 horas antes de un evento artístico, si cumple con los propósitos de la legislación, en términos de que, por lo menos, el 35% del repertorio artístico consista de música autóctona o tradicional.

La normativa aplicaría a aquellas actividades en las que el gobierno central, las corporaciones públicas o los municipios desembolsen, al menos, $5,000 o cubran el costo total.

Si el ICP no emite la certificación de cumplimiento, según la pieza legislativa, se entendería que el evento se celebra acorde con lo establecido en la ley.

“La Unidad del Instituto que se encarga de ejecutar esta ley se compone de servidores contratados que dan su mejor esfuerzo por implementar la disposiciones de la ley. Sin embargo, este requisito de certificaciones antes de que la actividad se celebre puede crear un cúmulo de trabajo, en especial en meses como julio y diciembre, que hagan humanamente imposible el que este requisito se cumpla”, expresó el funcionario en el memorial escrito que sometió ante la Comisión cameral de Educación, y Para el Fomento de las Artes y la Cultura, que preside la representante Brenda Lopez de Arrarás. 

Irizarry Vizcarrondo advirtió que ese requisito podría frustrar los objetivos de la ley, pues tendría el efecto de validar actividades que incumplan la normativa, pero que no hayan podido ser examinadas por el ICP en el período establecido. 

“Se impone en el Instituto una carga de cumplimiento que debe quedar sobre aquellos que están llamados a cumplir la ley, las entidades gubernamentales”, acotó el directivo. 

El P. del S. 414, de la delegación del Partido Popular Democrático en el Senado, es el intento más reciente para enmendar la “Ley de Nuestra Música Autóctona Puertorriqueña”, que fue enmendada en el 2011 para reducir de 30% a 10% la fracción de tiempo que habría que honrarle a los exponentes de géneros tradicionales. La medida bajo evaluación propone elevar esa cantidad a 35% al calificar esa porción como una “participación justa y razonable”. 

El titular del ICP también expresó reservas en cuanto a que se utilice como criterio para medir cumplimiento el factor tiempo, y no elementos monetarios. 

“El criterio monetario y contractual es uno cuyo cumplimiento es de fácil constatación. Contrario es el caso a un criterio de tiempo, cuyo cumplimiento puede o no estar regulado contractualmente, y que factores externos pueden hacer más difícil su fiscalización efectiva”, alertó.

En tanto, Luis Hernández Mergal, rector interino del Conservatorio de Música, rechazó que la medida disponga que será únicamente el ICP la institución facultada para determinar qué constituye música autóctona o tradicional.

La pieza establece que se considerará música autóctona la plena, la bomba, el aguinaldo, la trova, los diferentes estilos del seis puertorriqueño y la danza, y ordena al ICP a elaborar un reglamento que certifique qué artistas o intérpretes cumplen con esa definición. El criterio principal será que el 75% o más de su repertorio musical incluya los referidos géneros. 

“No creemos que sea prudente que esta encomienda recaiga en una sola institución. Este trabajo debería incluir a instituciones musicales tales como el Conservatorio de Música, el Departamento de Música de la Universidad de Puerto Rico, que pueden proveer una base amplia de especialistas en la materia”, sostuvo.

Hernández Mergal también recalcó que este esfuerzo para fomentar la música típica resultaría estéril si no viene acompañado de un proyecto cultural más amplio que fomente la música puertorriqueña de otras maneras, incluyendo expresiones clásicas. Advirtió que este tipo de iniciativas podría prestarse para alentar el favoritismo hacia ciertos productores o exponentes.

“Todo esto está muy bien, pero una gran preocupación que ha surgido entre los colegas músicos por experiencias pasadas es el que no se termine estableciendo un sistema de favoritismo en el que un puñado de productores, promotores y artistas terminen acaparando los eventos musicales cubiertos bajo la ley”, puntualizó.

El proyecto de ley ordena la imposición de multas contra quienes incumplan sus disposiciones. De ser una entidad de la Rama Ejecutiva, una corporación pública o gobierno municipal, la sanción sería de $5,000, y si se trata de un promotor o productor contratado sería de $10,000.