Con todas las de la ley
A los amos responsables nos toca conocer los estatutos que protegen a nuestros animales

Nota de archivo: esta historia fue publicada hace más de 14 años.
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Si a estas alturas alguien todavía dudara de si los animales tienen o no derechos, no tendría más que hablar brevemente con esta licenciada para salir de dudas. Cindy Badano Rosado es la letrada que preside la Comisión Especial sobre los Derechos de los Animales en el Colegio de Abogados de Puerto Rico. Sin embargo, Badano Rosado todavía recuerda la época en que las leyes de protección para los animales ni soñaban con existir. Y es que éste es un terreno considerablemente nuevo, por el que todavía muchos no han transitado.
“Durante mis años de estudio”, recordó la abogada, “apenas se estaba comenzando a desarrollar el concepto de la protección de los animales a través de las leyes. Aunque siempre tuve un interés especial en los animales, no fue hasta el 2008 - luego de aprobarse la actual Ley para el Bienestar y la Protección de los Animales, y comenzar a colaborar con grupos rescatistas- que trabajé, por primera vez, el tema de los animales y las leyes en conjunto”. Más adelante, Badano Rosado se unió “a la comisión en el Colegio. Allí trabajamos propuestas, presentamos ponencias en el Capitolio, ofrecemos cursos en la Academia Judicial, la Academia de la Policía, y cursos de educación continua para abogados, entre otros temas”.
Por si fuera poco, la licenciada todavía encuentra espacio en su apretada agenda para colaborar “como instructora en el programa para certificar oficiales de Control de Animales e investigadores de Crueldad que ofrece Amigos de los Animales”.
La importancia de los precedentes
La Lcda. Badano Rosado también mencionó: “Aunque recibimos consultas casi a diario, siempre tratamos de identificar casos que puedan establecer precedentes”. En este renglón, algunos de los conceptos que destacó fueron: el derecho del animal, de por sí, no como propiedad de su dueño; el sufrimiento no sólo físico, sino también emocional, que pueda sufrir o haber sufrido un animal en casos de maltrato; el valor de un animal más allá de su precio en el mercado, destacando lo que representaría la pérdida de la mascota para su guardián, entre otros temas que son, según la letrada, “asuntos que debemos comenzar a discutir”.
A continuación, detalló: “Atiendo muchos casos de abandono y maltrato, lamentablemente. También, casos de conflictos entre vecinos, pero estos casos tienden a ser más de problemas entre las personas, que problemas por los animales. Se toma el animal como chivo expiatorio para escalar conflictos previos”, destacó.
Obstáculos que enfrentamos
Muchos ciudadanos se lamentan de que piden ayuda a los oficiales del orden público para que intervengan en casos de maltrato animal, pero sus solicitudes caen en oídos sordos. Sobre esto, Badano Rosado opina que el problema obedece a “la falta de conocimiento de la ley y la poca conciencia de muchas personas. En Puerto Rico, tenemos muchos problemas económicos, sociales, laborales, etc., pero creo que es un error pensar que el problema de los animales es menos serio. Creo que el gran problema de abandono no es independiente de todos los anteriores, sino que está entrelazado. Igualmente, es un error pensar que abusar de un animal es un acto aislado, pues varias décadas de estudios han reiterado la relación de la violencia entre humanos y el maltrato de los animales. Por eso, es importante verlo de forma integral, no como elementos aislados”.
Todavía se puede hacer más
Si la licenciada Badano Rosado pudiera enmendar, añadir o sustituir algunas de las leyes que protegen a los animales, éstos son los cambios que propondría: “Añadiría limitaciones a los criadores y promovería programas de esterilización masiva”.
Más aún, en su opinión, ahora mismo lo que apremia es “trabajar de forma urgente con el problema de los cientos de miles de animales realengos y muertos en las calles. Además de ser una crueldad contra los animales, creo que nos causa mucho dolor y nos hace daño, como sociedad, ser testigos constantemente de este tipo de abandono”.
Un compromiso firme y sincero
Lo que inspira a Badano Rosado a seguir manejando los casos de maltrato animal de manera pro bono, mientras le sea posible, es su incuestionable amor por los animales. “Estos casos yo los trabajo de gratis, porque, para mí, el cliente es el animal que necesita ayuda. Afortunadamente, puedo hacerlo, ya que puedo mantenerme con mi trabajo en otras materias”, aseguró. Acto seguido, acotó que sus propias mascotas “ son parte de mi familia y, para mí, representan un ejemplo por su capacidad para sanar no sólo físicamente, al recuperarse de las heridas y abandono con que llegaron, sino (por) su capacidad para confiar nuevamente en los humanos”.
Más información
Lcda. Cindy Badano Rosado preside la Comisión Especial sobre los Derechos de los Animales en el Colegio de Abogados de Puerto Rico. Para más información, pueden llamar al 787- 721-3358, Ext. 225 o escribir a: comisionescapr@capr.org.
Qué hacer en caso de maltrato animal
Si alguien maltratara, agrediera o matara un animal, la licenciada Cindy Badano Rosado aconsejó lo siguiente:
-Si la persona fue testigo de lo que pasó, debe presentar una querella inmediatamente, describiendo los hechos para iniciar un proceso legal contra el agresor.
-Si se desconoce lo que pasó, dado que en estos casos tenemos una víctima que no puede comunicar lo que ocurrió, igualmente debe presentar una querella, pero corresponde a la Policía investigar el caso. Se debe mantener toda la evidencia disponible para ayudar en la investigación.
-Si el animal está vivo, debe recibir asistencia veterinaria de inmediato y el informe del veterinario será parte de la evidencia.
-Si la mascota murió, será necesario tomar evidencia y, preferiblemente, realizar una necropsia.
Casos más frecuentes
De acuerdo con la letrada, los siguientes son algunos de los casos que maneja con mayor frecuencia:
-Custodias de mascotas, luego de divorcios
-Maltrato y/o abandono de animales
-Animales robados
-Conflictos entre vecinos y/o familiares
-Personas a quienes las obligan a deshacerse de sus mascotas porque el dueño de la propiedad ya no las permite
Leyes que protegen a los animales
Con miras a que todos conozcamos cuáles son las leyes que protegen a nuestras mascotas -y cuáles son las obligaciones de las autoridades-, de modo que podamos hacer valer nuestros derechos y los de nuestros animales, la experta en derecho animal mencionó las siguientes leyes. Entre las mismas, hay dos que catalogó de “olvidadas por algunos, pero muy importantes y necesarias”.
Ley 154
“Definitivamente”, destacó Badano Rosado, “la Ley 154 del 4 de agosto de 2008 -Ley para el Bienestar y la Protección de los Animales- es la piedra angular” en lo que al derecho de los animales se refiere. “Esta ley”, continuó la experta, “contiene todas las disposiciones relacionadas con maltrato tanto con intención como por negligencia, abandono, envenenamiento, transportación... Indica lo que procede en casos de accidentes, lo que constituye sufrimiento innecesario y lo que se considera un caso de emergencia, entre otros. Instituciones tan prestigiosas como la American Bar Association y el Animal Legal Defense Fund han calificado esta ley como una de las mejores de los Estados Unidos (según ALDF) y en el mundo (según ABA) y yo así lo creo. Es una de las mejores leyes actualmente”.
Ley 81
“La Ley 81 del 14 de marzo de 1912 obliga a los municipios a recoger los animales realengos o muertos y añade que si el Municipio incumple con esta obligación, le corresponde al secretario de Salud recogerlos a expensas del Municipio”.
Ley 36
“La Ley 36 del 30 de mayo de 1984 le impone al ELA la responsabilidad de establecer refugios regionales para todas las jurisdicciones municipales y adoptar programas de recogido, vacunación y control de población”.
IMPORTANTE: Qué hacer si la Policía no atiende un caso de maltrato animal
Del mismo modo, la abogada ofrece esta sugerencia en caso de que las autoridades pertinentes no acudan a nuestro llamado para que investiguen un caso de maltrato animal:
“Si un agente de la Policía se niega a trabajar un caso o es negligente en el manejo del mismo, la persona afectada tiene la opción de presentar una querella administrativa ante la División de Responsabilidad Pública en el Cuartel General, para que se investigue por qué ese agente no ha cumplido con su deber.
Igualmente, tengo que mencionar un problema de cadena de mando que existe actualmente en la Policía, ya que desde el 2008, se supone que cada región cuente con un coordinador de Ley 154 y un coordinador alterno, que se reportan al coordinador a nivel isla, en el Cuartel General.
Además del problema recurrente que representa el hecho de que los coordinadores, una vez entrenados, son reasignados a otras divisiones, el último coordinador a nivel isla a cargo, el inspector Justo Alfonso, fue reasignado a otras tareas a principios de este año y aún no se ha nombrado un sustituto. El nuevo superintendente debe realizar este nombramiento inmediatamente para proveer esa supervisión a los agentes en el campo”.