Indignados y en pie de guerra. La convocatoria emitida ayer por los animadores Jorge “El Molusco” Pabón y Angelique “La Burbu” Burgos durante el programa radial “El Goldo y La Pelúa”, de la emisora La Mega, relacionada con las diversas formas de “desaparecer” al perro del vecino, provocaron tal indignación entre los defensores de animales que hasta se ha abierto en la red social de Facebook una página  promoviendo el boicot de dicho programa (https://www.facebook.com/pages/Boicot-al-Gordo-y-la-Pelua/554653934570064).

El gran malestar suscitado por comentarios que se han interpretado como instando al maltrato de animales por medio de una encuesta buscando información relacionada con este tipo de crimen han hecho que, entre los cientos de rescatistas y defensores de animales que hay en la Isla, Iris Quiñones, investigadora de crueldad animal, también  alce su voz en contra de programas que “auspicien el  envenenamiento y el maltrato de animales. Yo me quedé asombrada cuando me enteré de esto”, afirmó, refiriéndose a la enorme cantidad de radioescuchas que llamaron para voluntariamente discutir todas las formas y métodos que ellos mismos habían usado para envenenar y deshacerse de las mascotas de sus vecinos. 

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“Lo más preocupante de todo”, expresó Quiñones, “es que es un programa que atrae público joven y  muchos que esos jóvenes llamaron para decir cómo mataron a un animal. ¿Cómo vas a instar a  la ciudadanía a esto? Esto no es chiste”, continuó diciendo alarmada. “Los rescatistas y defensores de animales quisiéramos que se erradicara el maltrato animal en este país, pero con programas como este, no se va a poder erradicar nunca. La violencia es la violencia. ¿Y cómo van estas figuras públicas a instar a la violencia? Yo no lo entiendo porque, aunque sea por (lograr mayor) rating, deberían tener un poquito de precaución. ¿Tú sabes lo que deberían hacer?”, sugirió, “Después de esto, deberían hacer una pausa diaria en el programa para enmendar este error. Deberían traer personas que hablen en  contra del maltrato de animales. Hay mucha gente experimentada que puede ir a la estación a hablar todos los días sobre este problema tan grande que tenemos en Puerto rico”.

Cabe señalar que el maltrato de animales y, específicamente, el envenenamiento de cualquier animal son delitos que claramente se condenan en la Ley 154 para el Bienestar y Protección de los Animales, según se aprobó la misma en el 2008. Con el envenenamiento de animales, aclaró Iris Quiñones, “caeríamos en tortura, según lo dispone el Artículo 7 de la Ley 154. La persona que envenena a un animal, es una persona que comete un delito de maltrato agravado. Y la persona que tortura a un animal o mata a un animal bajo circunstancias que demuestren malicia premeditada o un grave menosprecio por la vida, eso es maltrato agravado y puede conllevar no menos de ocho años y un máximo de 15 años de cárcel”.  

Según la investigadora de crueldad animal continuó explicando, “si el acusado es convicto, cualificará para una pena probatoria u otro tipo de reclusión y tendría que pagar una multa obligatoria desde  $10,000 hasta $20,000. En esto, también, “aplica el Artículo 11 de la Ley 154”, añadió, “que es un delito grave de cuarto grado porque (en el programa hablaban) de echarle algo a la comida del perro del vecino. ¿Y qué se le puede echar? Eso implica echarle  un veneno, vidrio, clavos, etc., que le puedan ocasionar la muerte a ese animal.  Porque estaban hablando de ‘desaparecer’ al perro. Pues, entonces, el envenenamiento es también un delito y se contempla en el Artículo 11 que dice: ‘Para comprobar que hay envenenamiento de animal tiene que haber foto o evidencia y testigos de que la persona tiene la intención o llevó a cabo el envenenamiento. Y, en ese momento, ¿cuánta gente no llamó (al programa de El Goldo y La Pelúa) para decir que sí, que hubo envenenamiento, que ellos han envenenado animales?  Es más, en los comentarios (de su página de Facebook) salieron decenas de personas diciendo  que están a favor del maltrato de animales”.

Abundando más aún sobre la Ley 154, Quiñones detalló: “Si cualquier persona usase cualquier tipo de veneno, aunque para ello contratara a un tercero, sin tomar la medidas necesarias para evitar una lesión física a un animal que no sea plaga, este será acusado de un delito menos grave que conlleva la imposición de multas individualizadas, no mayor de 90 días o una pena diaria de servicios comunitarios no mayor de 90 días, o reclusión o restricción domiciliaria o ambas penas”. También, en el Artículo 11 se especifica que “se clasifica de delito grave de tercer grado si se administra con intención, a cualquier animal, cualquier veneno o sustancia venenosa o que le cause lesión física severa o la muerte”.

“Y que conste”, señaló Quiñones a modo de firme advertencia, “que no será defensa el que el animal haya penetrado en los predios (el hogar o el negocio, por ejemplo) del perpetrador para que cometa este crimen”, acotó. 

Iris Quiñones es Oficial Investigadora de Crueldad de Animales y  presidenta de OICA (Oficiales Investigadores de Crueldad de Animales). Para más información, pueden escribirle a oica@mail.com o visitar su página en Facebook: www.facebook.oficialesinvestigadoresdecrueldaddeanimales