Tras meses de negociaciones entre líderes del Congreso y la Casa Blanca, con las presiones y cabildeos entre el Gobierno de Puerto Rico y acreedores, hoy se presentó en la Casa de las Leyes federal un nuevo mecanismo que ayudaría a la Isla a encarar su crisis fiscal.

El proyecto 5278 sustituye al 4900 e identifica la medida como Ley para la Estabilidad Económica, Administración y Supervisión de Puerto Rico (Promesa, en inglés). El presidente de la Cámara de Representantes de Estados Unidos, Paul Ryan, encabezó los esfuerzos para lograr un lenguaje aceptable para republicanos y demócratas.

Pero, ¿qué dice Promesa?

1. El documento de 148 páginas crea una Junta de Supervisión y Administración Financiera amparado en la sección 3 del artículo 4 de la Constitución de Estados Unidos que otorga al Congreso la facultad de regular territorios.

2. La Junta contará con siete miembros a ser nombrados por el presidente, aunque algunos de sus integrantes deberán ser escogidos de una lista de candidatos propuestos por los líderes de la minoría y de la mayoría en el Congreso. No podrán ser exfuncionarios y deberán ser personas con conocimiento en temas de manejos de bonos, finanzas y leyes. No tendrán sueldo, pero serán compensados por cualquier gasto en el que incurran y podrán contratar a un director ejecutivo que sí tendrá salario.

3. Los empleados con menos de 25 años que sean contratados luego de la entrada en vigor de Promesa podrían recibir una reducción en el salario mínimo por hasta cuatro años. En vez de los actuales $7.25 el salario se les rediciría a $4.25. Un patrono violaría leyes federales si despide empleados para luego recontratar gente para pagarles ese salario.

4. La Junta tomará decisiones sobre gastos de nómina. Puede someter recomendaciones sobre las estructuras de las agencias y “colocar controles en gastos en personal”, así como deberá "congelar futuras contrataciones".

5. El sistema de pensiones tiene prioridad y la Junta debe preparar un estudio actuarial con proyecciones para 30 años, incluyendo identificar las fuentes de pago

6. Establece un proceso para atender los reclamos de acreedores a través del sistema judicial federal y usando reglas federales de procedimientos de quiebra. Pero la Junta es la única que puede establecer un plan de ajuste de deudas con el acreedor.

7. La Junta controla asuntos presupuestarios por encima del gobernador, Advierte que “si el gobernador falla en presentar un plan fiscal aceptable, la Junta de Supervisión –a su sola discreción- diseñará un plan fiscal y requerirá al gobernador que lo cumpla”. “Si el presupuesto del territorio no es en cumplimiento del presupuesto, la Junta debe proveer a la Legislatura de una notificación de la violación que incluya una descripción de la acción correctiva pertinente”, reza el proyecto.

8. La Junta puede requerir de forma unilateral al gobernador la presentación de reportes presupuestarios trimestrales.

9. La Junta también puede vetar leyes de la legislatura por mayoría, y no pueden ser limitados por acciones estatales, ya sea del legislativo o del gobernador.

10. Las reuniones de la Junta serán a puerta cerrada y las decisiones serán por mayoría. Podrán convocar a vistas públicas y puede citar a funcionarios federales y estatales a comparecer ante ellos, so pena de desacato en el Tribunal de Primera Instancia.

11. Mentirle a la Junta puede conllevar cárcel. Someter información falsa de forma deliberada, o no informar inmediatamente de una información que sepa que es falsa, puede conllevar cárcel o sanción administrativa. “El gobernador deberá reportar inmediatamente a la Junta de Supervisión hechos pertinentes al respecto e informar las medidas a tomar”, reza el estatuto.

12. También podrá solicitar información a acreedores, y supervisará acuerdos entre las agencias públicas y estos acreedores. También podrá ordenar reducciones de gastos.

13. Los miembros de la Junta no podrán ser demandados.

14. Exime al Tesoro de Estados Unidos “del pago de principal o interés de cualquier bono” del territorio.

15. También se crea un coordinador de revitalización para evaluar proyectos de infraestructura.

16. Se ordena una paralización relacionada a parte de las gestiones de deuda.

17. La Junta podría dejar de operar después de cuatro años en que el presupuesto de Puerto Rico cumpla “con criterios de contabilidad” y de que los gastos no superen los ingresos.