Una medida legislativa que será evaluada mañana en la Cámara de Representantes confiere a los técnicos del Negociado del Cuerpo de Bomberos de Puerto Rico y los de la Comisión para la Seguridad en el Tránsito la facultad para emitir certificaciones y brindar orientación sobre la instalación adecuada de los asientos protectores.

La medida, también, aumenta la edad máxima, de 8 a 9 años, que se requiere para que un menor utilice dicho asiento en un vehículo de motor.

Se trata del Proyecto de la Cámara 1744, de la autoría del presidente del cuerpo, Carlos ‘Johnny’ Méndez Núñez en conjunto con el representante por el Distrito #14 de Arecibo y Hatillo, José ‘Memo’ González Mercado.

“Nosotros siempre hemos tenido un compromiso con mejorar la seguridad de nuestros niños al momento de encontrase en un vehículo de motor. Por eso radicamos esta medida, la cual faculta a técnicos del Cuerpo de Bomberos y la Comisión de Seguridad en el Transito a corroborar y certificar la instalación de los asientos protectores. No queremos perder ni una sola vidas más por esto”, señaló el líder legislativo en declaraciones escritas.

Según datos oficiales, en Puerto Rico ocurren anualmente un promedio de 350,000 accidentes de tránsito. A consecuencia de éstos, mueren alrededor de unas 500 personas, mientras que otras 40,000 resultan con lesiones, de los cuales un número considerable son menores que no están en los asientos protectores requeridos o están en asientos protectores que no se encontraban debidamente instalados.

En los últimos 11 años se han registrado 39 fatalidades de menores entre las edades de 0 a 9 años involucrados en accidentes de tránsito, resultando preocupante que, en 26 de estos casos, los menores no estaban en el asiento protector.

En la isla 3 de cada 5 asiento protector es instalado de manera incorrecta.

El proyecto obliga a que cada conductor con un menor de edad necesite una certificación que incluirá el nombre del conductor, su número de licencia, el modelo del asiento protector y la fecha de expiración del mismo.

Según la legislación propuesta, se detalla que un asiento con posición de cara hacia atrás, o en un asiento sólo para lactantes, deberán transportarse los menores de 0 a 2 años cuyo peso sea de 22 libras o menos; que un asiento con posición de cara hacia delante deberá utilizarse para niños de más de 2 años que tengan un peso de 23 a 40 libras y los niños de 4 a 9 años con un peso mayor de 40 libras y con un estatura menor de 4 pies 9 pulgadas deberán utilizar un asiento convertible, mejor conocido como ‘booster seat’.