La Cámara de Representantes aprobó hoy, con una enmienda, el proyecto que elaboró el Senado sobre la reforma legislativa y con el que sustituyó la versión de dicha reforma que ya anteriormente habían aprobado los representantes.

Al igual que en la primera ocasión la votación fue por líneas partidistas, aunque dos legisladores del Partido Popular Democrático (PPD) votaron en contra de la reforma propuesta. Fueron ellos los representantes Eduardo Ferrer Ríos y Carlos Vargas Ferrer.

La única enmienda que se le introdujo al proyecto sustituto que envió el Senado fue agregarle una definición de lo que será el “ciudadano legislador”.

Este lo definen como una persona electa para servir un término en la Asamblea Legislativa, que tendrá como función primaria y en horario de tiempo completo su labor legislativa, pero que tendrá que mantener un contacto directo y continuo con sus constituyentes y la comunidad.

Se le reconoce derecho a un salario y la posibilidad de generar el equivalente de hasta un 35% de su salario en ingresos extra legislativos de su profesión u oficio, igual a lo que establece la ley vigente.

El resto del proyecto se mantuvo según lo aprobó el Senado y que establece la compensación única para los legisladores, fija salarios similares a los existentes al presente y determina los beneficios que recibirán, que serán la oportunidad de acogerse al Sistema de Retiro del Gobierno y aportación para su plan médico.

No acumularán, sin embargo, días ni pago por vacaciones o enfermedad, ni el pago de bono de navidad o pago global al finalizar sus labores.

Se les autoriza a recibir reembolso de gastos incurridos en viajes oficiales o gestiones en el ejercicio de sus funciones legislativas.

Prohíbe, por otra parte, toda actividad lucrativa privada o ingresos extra legislativos que sean incompatibles con sus funciones oficiales, que representen un conflicto de intereses o la apariencia de tales conflictos.

La definición textual del concepto de Legislador Ciudadano que se agregó al proyecto es la siguiente:

“El legislador Ciudadano será una persona electa para desempeñarse como miembro de la Asamblea Legislativa, con un trabajo de tiempo continuo durante todo el termino de su cargo electivo. También parte del supuesto de que el legislador ciudadano tiene una función dúal, primero como integrante de un parlamento que atiende las responsabilidades inherentes a su función estrictamente legislativa de su cargo y, segundo, como una persona que tiene que estar disponible constantemente al contacto de sus constituyentes, con las comunidades y los grupos de interés que forman parte de nuestra sociedad.

En el desempeño de esa responsabilidad, ese funcionario recibirá una compensación y se le permitirá recibir ingresos extra legislativos por el ejercicio de su profesión u oficio, hasta un máximo de treinta y cinco por ciento de su salario como legislador.

El legislador ciudadano deberá cumplir de forma prioritaria con el horario de trabajo que requiere su función legislativa, incluyendo su participación activa con sus constituyentes y sus comunidades, de forma tal que mantenga el más directo y constante contacto con estos, de modo que tenga el mayor conocimiento de la perspectiva y de los retos que los aquejan”.