La Cámara de Representantes aprobó este jueves una medida que autoriza a la Administración de Seguros de Salud (ASES) a incurrir en obligaciones y préstamos financieros de todo tipo con el propósito de mejorar su problema de flujo de efectivo para que pueda cumplir con el pago de su millonaria deuda con las aseguradoras y proveedores de servicios de salud.

El Proyecto de la Cámara 2576, de la autoría la representante popular Lydia Méndez, es muy similar al Proyecto de la Cámara 2501, que en julio pasado recibió un veto expreso por parte del gobernador Alejandro García Padilla.

Méndez aseguró que la versión aprobada este jueves, en votación 27-24, incorporó enmiendas recomendadas por el Ejecutivo, y estimó que eso permitirá que esta vez cobre fuerza de ley con la firma del mandatario.

Méndez dijo que la petición de La Fortaleza se relacionaba con la garantía de repago. La pieza legislativa avalada elimina lenguaje que disponía que el Banco Gubernamental de Fomento (BGF), en su función como agente fiscal del gobierno, fiscalizaría el uso que se le dará a los recursos, e impone esa responsabilidad en ASES.

“Esperamos que no haya reparos, que no haya ningún problema porque, si esa fue la petición, pues ahí va el proyecto enmendado”, manifestó la representante en entrevista con este medio.

En el documento en el que notificó al presidente cameral sobre su veto al Proyecto de la Cámara 2501, García Padilla instó a buscar otras alternativas de financiamiento para ASES, y dijo que la medida, aunque con un fin “loable”, podría complicar la situación financiera de esa corporación pública y del gobierno central.

El proyecto de ley ratificado este jueves autoriza a la ASES a tomar préstamos financieros de todo tipo hasta la suma de $400 millones, y además se le faculta para incurrir en obligaciones mediante una línea de crédito rotativa o cualquier otra facilidad de crédito “por la cantidad que determine la Junta de Directores de la Administración (ASES) y apruebe el BGF”.

El préstamo solo podría utilizarse para el pago por servicios a las compañías aseguradoras o proveedores de servicios de salud, así como cualquier gasto de financiamiento.

“La Administración tendrá la obligación de identificar los fondos para repagar dentro de un tiempo razonable, la totalidad del principal, intereses y costos asociados con dicho financiamiento, y el repago de dicho financiamiento no podrá estar condicionado a refinanciar el principal adeudado al momento del vencimiento del préstamo