A un pasito del Supremo...

 El Tribunal de Primera Instancia determinó ayer que la Ley de la Reforma de Retiro no viola ninguna de las  disposiciones   de la Constitución de Puerto Rico, decisión  que provocó que la  representación legal de cientos de empleados públicos opte por  requerirle al  Tribunal Supremo  que revierta el fallo de inmediato.

 Judith Berkan, asesora legal de 68 empleados de la Oficina del Contralor,  dijo que  el Supremo   debe tomar las  demandas bajo certificación, lo que implica “brincar” sobre el Tribunal de Apelaciones.

 “Hay que ir directamente al Supremo debido a la urgencia de la situación... La ley entra en vigor en dos semanas”, dijo la abogada.

La semana pasada se creó un cisma entre la  Legislatura y el Supremo cuando este último se  negó a  renunciar a la competencia de asumir jurisdicción sobre  casos que no hayan agotado los trámites  judiciales en otras cortes de menor jerarquía.

El Tribunal de Primera Instancia le concedió ayer a la Legislatura total deferencia a la hora de  determinar que era necesario variar las leyes de pensión, a tenor con la crisis económica que impera en los Sistemas de Retiro.

Al consignar  que no hay visos de inconstitucionalidad en la Ley 3 de 2013, la jueza Giselle  Romero García aludió  a una decisión del Tribunal Supremo en un caso similar  sobre la Ley 7, que validó el despido de miles  de empleados públicos el pasado cuatrienio. 

La jueza cita hasta al  juez asociado del Supremo Erick Kolthoff diciendo que le corresponde al Estado velar por el bienestar económico colectivo a expensas del bienestar individual; que la Ley 7 había que evaluarla   a la luz de un escrutinio racional y de balance de intereses (Caso Domínguez Castro et al v. ELA).

El Tribunal de Primera Instancia sostuvo ayer  que   la constitucionalidad de una ley  que menoscabe sustancialmente una obligación contractual del Estado hay que validarla constitucionalmente si dicha medida responde a un interés público importante. En este caso, menciona que Retiro “se encuentra al borde del abismo” y que el bienestar de todos los puertorriqueños se vería comprometido si se saca más dinero para las pensiones del  Fondo General.

El Tribunal de Primera Instancia determinó que la Ley 3 tampoco viola la igual  protección de las leyes ni  los cambios referentes a los beneficios de las llamadas leyes especiales constituyen un menoscabo sustancial o severo para los jubilados.

“La Ley 7 es diferente. Cuando entras al servicio público, tú sabes que la plaza puede eliminarse. Pero aquí ha habido un sinnúmero de reformas al sistema de retiro y siempre prometieron que las pensiones no se iban a tocar”, dijo  Berkan.

Si los empleados hubiesen sabido lo que les iba a pasar, habría otras formas de planificar para el retiro, agregó.

Se retiran a tiempo

Un total de 4,037 empleados públicos han radicado solicitudes para retirarse antes de que entre en vigor la reforma.

En los primeros seis meses del año ya se han retirado 2,093 empleados, 676 más que el año pasado para esta fecha.

Cuando entre vigor la nueva ley, nadie  podrá retirar sus  aportaciones, lo que ha provocado que 3,199 trabajadores hayan solicitado que les entreguen su dinero.

A 1,188 les entregaron ya sus remesas y se está trabajando con 2,011 casos más, informó la Administración de los Sistemas de Retiro.

Unos  14,000 empleados públicos cumplen con los criterios para jubilarse  antes de  que entre en vigencia la reforma, por lo tanto, no se dio la estampida de retiro que había anticipado.

La jueza Romero García dejó en suspenso la determinación sobre daños y perjuicios en la demanda presentada por varios policías, “hasta tanto la desestimación de sus restantes reclamaciones advenga final y firme”.