El secretario del Departamento de Asuntos del Consumidor (DACO), Nery Adames Soto, advirtió este martes que un proyecto de ley que se discute en el Senado para regular las llamadas “ventas excepcionales” podría violentar derechos de índole constitucional como la libertad de expresión comercial, y aseguró que la agencia tiene disponibles mecanismos menos onerosos que no atentarían contra esas garantías.

El titular del DACO recordó que esa agencia aprobó en mayo pasado un nuevo Reglamento de Prácticas y Anuncios Engañosos para redefinir el término de “venta especial”, y se abstuvo de incluir dentro de ese concepto las “ventas excepcionales o extraordinarias” para evitar que la definición adoleciera de amplitud excesiva y que su constitucionalidad pudiera ser impugnada en los tribunales. 

Relacionadas

Las “ventas excepcionales” son aquellas que involucran bienes que no forman parte del inventario regular de una tienda, y que se mercadean para ocasiones específicas. El Proyecto del Senado 1268, de la autoría del senador Luis Daniel Rivera Filomeno, plantea que los consumidores están desprotegidos en ese tipo de ventas, ya que supuestamente carecen de remedios en ley cuando los artículos se agotan, y porque no pueden reclamar en esas circunstancias que se les honre con mercancía sustituta, como ocurre cuando se trata de ventas especiales.

El titular del DACO, sin embargo, enfatizó que el nuevo reglamento distingue entre las ventas regulares, las especiales y las excepcionales, y para estas últimas provee mecanismos que protegen los intereses de los consumidores sin violentar garantías constitucionales de los comercios.

“Un ‘shopper’ debe ser una herramienta de lectura y comprensión sencilla para el lector promedio en Puerto Rico. La concepción generalizada es que todo artículo que se encuentra anunciado allí está en venta especial. Aunque en la gran mayoría de los comercios ciertamente los artículos anunciados en sus ‘shoppers’ cumplen con tal definición, otros han incorporado nomenclatura que complica la comprensión sencilla de los mismos y limita los derechos de los consumidores”, manifestó Adames Soto.

“Consideraciones de carácter constitucional previenen una reglamentación tajante que corte tales prácticas, por lo que, en su lugar, el DACO enmendó su Reglamento de Prácticas y Anuncios Engañosos para exigir mayor claridad de los comercios que utilizan los mecanismos de publicidad aquí en discusión”, añadió el secretario en el memorial escrito que sometió durante una vista pública de la Comisión senatorial de Relaciones Laborales, Asuntos del Consumidor y Creación de Empleo. 

Adames Soto dijo que, durante la revisión del reglamento, se determinó que la disposición sobre la disponibilidad de los bienes anunciados excluiría a los artículos que no forman parte del inventario regular, pero se estableció que, en esos casos, los comercios deberán tomar medidas especiales en sus hojas sueltas para diferenciarlos de otros productos, como establecer claramente que estarían disponibles hasta que se agoten y que el cliente no tendría derecho a un “rain check” o artículo sustituto.

La normativa ordena, además, que cuando en una misma hoja de especiales se incluyan productos en venta especial, de liquidación o bienes que no forman parte del inventario regular, se definirá en el anuncio cada una de esas categorías en letras con un tamaño de fácil visibilidad.

La pieza legislativa equipararía a grandes rasgos el trato que se le da a las ventas excepcionales con el que reciben las ventas especiales.

El senador Rivera Filomeno dijo -al comenzar la vista- que presentó el proyecto de ley ante las quejas de consumidores insatisfechos en eventos como las Ventas del Madrugador, sobre todo, luego que en el 2013 se reportaran incidentes violentos tras agotarse unos televisores que constituían una “venta excepcional”. 

“Lo que no queremos es que haya un subterfugio, unas lagunas, un espacio (en la reglamentación) por donde los consumidores no tengan protección”, dijo el legislador popular. 

La medida también contó con la oposición de la Asociación de Comercio al Detal de Puerto Rico y de la Cámara de Comercio, cuyos líderes rechazaron que los consumidores se encuentren actualmente desprovistos de suficientes protecciones, y señalaron que la legislación resulta innecesaria. Asimismo, coincidieron con el DACO en que, según sometida, la pieza lacera la libre expresión de los comercios.

“El legislador no puede presumir que todo acto de los comerciantes es con la intención de engañar. Existen circunstancias fuera del control de los comerciantes que pueden afectar la disponibilidad de los productos en sus establecimientos, entre los que figuran aquellos atribuibles al manufacturero o distribuidor, y otros tales como robo de mercancía, problemas de transportación, situaciones con los procesos de importación o levante, etcétera”, resaltó la licenciada Eunice Candelaria, asesora legal de la Cámara de Comercio.