El Departamento de Asuntos del Consumidor (DACO) ordenó que las etiquetas de los empaques del café distingan si el producto es elaborado en Puerto Rico, importado o mezclado.

La orden surge de la interpretación del secretario del DACO, Nery Adames, a la Regla 7(b) del Reglamento de Control de Precios del Café, que requiere establecer estas distinciones en las etiquetas. 

En comunicado de prensa, Adames informó este viernes que notificó a los torrefactores del café la interpretación del reglamento.

El funcionario explicó que, en conjunto con el Departamento de Agricultura, determinó que la compañía torrefactora o entidad que se encargue de preparar el etiquetado cumplirá con la Regla 7(b) si clasifica el café de la siguiente manera: “elaborado en Puerto Rico con café puro de Puerto Rico”, “elaborado en Puerto Rico con café puro de Puerto Rico y puro importado”, o “elaborado en Puerto Rico con café puro importado”. 

Según las definiciones del DACO, "el café puro de Puerto Rico hace referencia al producto que no contiene mezcla alguna con café importado".

“Al consumidor puertorriqueño le interesa saber si el café que compra es completamente de Puerto Rico, si está mezclado con café importado o si es importado en su totalidad. Atendiendo ese interés legítimo del consumidor, se enmendó el reglamento del DACO", indicó Adames en declaraciones escritas. 

"Estamos concediendo un término justo a los torrefactores para ajustarse a este requerimiento, pero transcurrido el mismo los inspectores del DACO se asegurarán que el etiquetado se ajuste al interés del consumidor”, agregó.

Los torrefactores tendrán un término de cuatro meses, a partir del sábado 10 de octubre de 2015, para cumplir con las nuevas exigencias del etiquetado. 

Una vez transcurrido este periodo, según informó el DACO, los inspectores de la agencia multarán a los torrefactores o entidades que no cumplan con dichos requisitos. Los avisos de infracción fluctúan entre $400 hasta $10,000.