Con el regreso de la colegiación compulsoria para la clase togada en Puerto Rico, se abrió este lunes nuevamente el debate público y la pugna legal respecto a si ese tipo de regulación profesional violenta o no garantías constitucionales como la libertad de asociación de las personas involucradas.

Tras firmar la Ley de la Colegiación Integrada de la Abogacía, el gobernador Alejandro García Padilla afirmó tajantemente que el estado tiene un “interés apremiante” en la colegiación compulsoria de los profesionales del derecho en busca de que los ciudadanos tengan acceso a servicios de excelencia en un área que puede resultar fundamental en múltiples aspectos de la vida.

Al igual que la presidenta del Colegio de Abogados y Abogadas, Ana Irma Rivera Lassén, el primer ejecutivo aseguró que esa política pública debe prevalecer ante cualquier cuestionamiento de índole constitucional que se presente en los tribunales para tratar de invalidar el nuevo estatuto.

“Este es un interés apremiante en la política pública del Estado Libre Asociado. Se trata del mismo interés apremiante que explica la colegiación integrada para otros profesionales como es la medicina, la ingeniería, el trabajo social, entre otras. Si este interés apremiante explica la colegiación integrada de estos profesionales, ¿cómo va a ser distinto en una profesión tan investida de interés público como la legal?”, planteó el mandatario durante una rueda de prensa en la sede del Colegio de Abogados y Abogadas, en Miramar.

Indicó, además, que en 38 estados y territorios de Estados Unidos, las colegiación es requisito indispensable para practicar la abogacía.

García Padilla resaltó que, al concebir la nueva ley, se tomaron las medidas necesarias para que se sostenga su validez, como establecer que los abogados y abogadas que objeten el pago de la cuota anual de $250, que se impondría a partir del 1 de enero de 2015, podrán dirigir los recursos al Fondo de Acceso a la Justicia en lugar de destinarlos al colegio.

El Fondo de Acceso a la Justicia fue creado por ley a finales del año pasado para contribuir al sostenimiento de las organizaciones de servicios legales que atienden a la población de escasos recursos económicos.

“Cualquier colegiado o colegiada opuesto a las posiciones del liderato que de turno tenga el Colegio de Abogados tiene la alternativa de donar sus cuotas al Fondo de Acceso a la Justicia para que no formen parte del presupuesto del Colegio de Abogados”, indicó el mandatario al distinguir la nueva ley de la que fue enmendada el cuatrienio pasado para acabar con la colegiación compulsoria.

Y es que, en el 2009, el gobierno de Luis Fortuño aprobó dos medidas legislativas que, no solo pusieron fin a la colegiación obligatoria de la profesión jurídica, sino que también redujeron sustancialmente los poderes del Colegio de Abogados. Los cambios obedecieron, según la entonces mayoría del Partido Nuevo Progresista (PNP), a que muchos abogados no se sentían representados por las posiciones ideológicas asumidas por la institución, que ayudaban a solventar mediante el pago de cuotas.

García Padilla aún no había estampado su firma en el proyecto, y ya la Asociación de Abogados y el senador Thomas Rivera Schatz habían anticipado temprano que impugnarían el estatuto en los tribunales. El expresidente senatorial confirmó horas más tarde que había sometido una sentencia declaratoria, un interdicto preliminar y permanente en el Tribunal de San Juan en contra del estatuto.

El presidente de la Asociación de Abogados, Héctor Ramos, adelantó que daría el mismo paso.

“Obligar a miles de abogados a pertenecer a una entidad en la que no creen sería una violación de su derecho constitucional de libertad de asociación. Además... esta acción violenta la norma de separación de poderes de la Constitución porque los abogados son regulados por el Tribunal Supremo y no por la Legislatura”, indicó en declaraciones escritas.

Para Rivera Lassén, si un juez declarara la inconstitucionalidad de la nueva ley, tendría también que concluir que la colegiación compulsoria de los contadores públicos autorizados, los médicos, los ingenieros y agrimensores, así como de los trabajadores sociales, viola la ley máxima. 

“No puede ser que haya una sola distinción, y esa distinción sea la de la abogacía porque entonces lo que estamos hablando es de una discriminación contra una profesión solamente por el hecho del ejercicio de esa profesión. Entonces, ¿qué es lo inconstitucional? Me parece que no es la colegiación. Es la discriminación contra los abogados y abogadas de no permitir la colegiación sólo porque hay algún tipo de inquietud o desagrado con la institución que, desde 1840, representa esta profesión”, sostuvo la líder de los togados.

Rivera Lassén destacó que la Junta de Gobierno de la institución determinó impulsar nuevamente la colegiación compulsoria luego que los cerca de 6,000 abogados colegiados apoyaran ese proceder en una consulta celebrada el año pasado. Según estimados que ofreció durante la rueda de prensa, en la Isla existen actualmente entre 10,000 y 11,000 abogados activos en la profesión.

La nueva ley también le devuelve al colegio la facultad de atender querellas que se presenten contra abogados y abogadas por violar los Cánones de Ética Profesional, y le permite a la entidad acoger formalmente el nombre oficial que integra el género femenino.

Asimismo, le permite establecer membresías especiales, que podrían integrar al organismo sectores como los estudiantes de Derecho o abogados no tienen la reválida aprobada. Todavía no se ha determinado qué grupos podrían sumarse a la matrícula ni cuánto -si algo- pagarían de cuota anual, pues ese asunto requiere acción de la Junta de Gobierno de la institución.