En una movida poco común, los alcaldes populares y novoprogresistas cerraron fila hoy, viernes, para oponerse a dos medidas legislativas presentadas por el gobernador Alejandro García Padilla por entender que afectan la autonomía municipal y fiscal de sus municipios.

Los miembros de la Federación de Alcaldes, ente que agrupa a los alcaldes del Partido Nuevo Progresista (PNP), y la Asociación de Alcaldes, que reúne a los ejecutivos municipales del Partido Popular Democrático (PPD), informaron en un comunicado de prensa que se han unido para objetar los proyectos de la Cámara 1591 y 1593, y sus equivalentes en el Senado.

Además, ambos grupos anunciaron que han convocados a sus matrículas para reunirse mañana, sábado, a partir de las 10:00 a.m. en sus respectivas sedes, ubicadas en San Juan, para discutir los mencionados proyectos y las iniciativas que adoptarán para oponerse a las medidas, tal y como están redactadas.

Uno de los proyectos, que según los alcaldes se aprobaría en la presente sesión extraordinaria, crea la Corporación de Financiamiento Municipal, la cual permitiría al Departamento de Hacienda aumentar el IVU si sus recaudos y proyecciones están por debajo del cuatro por ciento. Esta medida entraría en vigor a partir del 1 de febrero de 2014.

El segundo proyecto autoriza la creación de una nueva corporación pública, adscrita al Banco Gubernamental de Fomento, que se denominaría Corporación de Financiamiento Municipal (COFIM) y cuya finalidad sería emitir bonos o utilizar otros mecanismos para pagar o refinanciar la deuda contraída por los municipios cuyo pago de principal e interés esté respaldado por el impuesto sobre ventas y uso municipal.

 Este proyecto también permitiría que los primeros recaudos del impuesto sobre ventas y uso municipal del uno por ciento (1%) sean cobrados por el Secretario de Hacienda y depositados directamente al Fondo de Redención de la COFIM. Además, establece que los bonos y obligaciones que emita esta corporación sean pagaderos y garantizados por la pignoración de una cantidad fija o el impuesto de ventas y uso municipal correspondiente a una tasa fija del impuesto de cero punto tres por ciento (0.3%) recaudado durante el año fiscal anterior.