Bajo el argumento de que la reforma del sistema de retiro gubernamental no ha entrado en vigor, el Departamento de Justicia y la Administración del Sistema de Retiro de los Empleados del Gobierno solicitaron que se desestimen tres demandas sometidas por medio millar de empleados públicos que tratan de impugnar la constitucionalidad de los cambios aprobados por la administración de Alejandro García Padilla.

Sin embargo, el juez que escuchó los argumentos a favor y en contra de la desestimación, Ángel Ocasio Pagán, no pudo adoptar este jueves una determinación porque por asuntos de antigüedad le toca a la jueza Gisela Romero atender los reclamos de las partes. Ella estuvo ausente de sus funciones durante esta semana.

Pese a que no tenía poder decisional, Ocasio Pagán escuchó la argumentaciones de ambas agencias, representadas por los abogados Claudia Juan García y Rafael Escalera Rodríguez, quienes en esencia reclamaron que el caso no está “maduro” y los demandantes no tienen “legitimación activa” para alegar la inminencia de una daño irreparable, pues la Ley 3 del 4 de abril de 2013, entra en vigor el 1 de julio de este año.

 Por su parte, los abogados de los 68 empleados de la Oficina del Contralor, Judith Berkan, de 49 agentes de la Policía, Iván Crespo, así como de 351 empleados de la Rama Judicial y 57 de la Corporación del Fondo del Seguro del Estado, Edgar Pabón, reclamaron que la ley está vigente, pues se les ha reclamado a sus clientes que informen a la brevedad posible si se acogerán o no al Retiro.

De hecho, salió a relucir durante la vista judicial que a los empleados del Fondo le enviaron una carta dándoles un plazo de nueve días para informar su decisión.

 Estos abogados también se opusieron a que las tres demandas se consolidaran, según también solicitó Justicia y Retiro.

 Las argumentaciones de las partes se dieron en una sala repleta de empleados públicos.

Durante su turno para justificar la desestimación del caso, la abogada Juan García, quien representó a Justicia, precisó que los demandantes no pueden argumentar que sufrirán un daño irreparable con los cambios que el Gobierno introdujo a Retiro, ya que al menos se les garantiza una mensualidad de su pensión.

Alego que estos empleados, a pesar de que con la Reforma las personas que se retiren después del 1 de julio recibirán un pago más bajo al que le correspondería con la ley 447 o la Reforma del 2000, vigentes en la actualidad, no tendrán el beneficio de varios bonos, como el de verano y el de medicamentos.

 “No cabe duda que el interés del Estado es asegurar, por lo menos, que esos empleados, yo siendo también empleado público, que tengamos en su día una pensión. Si no se hace una reforma correcta, de manera inmediata, el resultado final es que no van a recibir pensión ninguna. Así que en un balance de intereses, que es lo que le corresponde al Tribunal, entendemos que la medida (recortar beneficios) es más que razonable” para lograr la estabilización del Sistema de Retiro, explicó la abogada.

 Por su parte, el abogado del Retiro, Escalera Rodríguez, mencionó que el primer defecto que tienen las demandas de los empleados públicos es que "ataca la constitucionalidad de una reforma que no ha entrado en vigor".

 Asimismo, destacó que existe un interés apremiante del Estado en reformar el Sistema del Retiro, porque el Fondo General no es capaz de ayudarlo a resolver la deficiencia de fondos con la que carga el Sistema.

"El impacto de este problema no es uno que se limita a los retirados. El impacto es sobre todo el pueblo de Puerto Rico… El Fondo General no puede cargar consigo mismo ahora, mucho menos puede cargar con un déficit de $35 billones ($35 mil millones)", argumentó.

"¿Cuánto vale la degradación de bonos en Puerto Rico? ¿Cuánto vale mantener las escuelas abiertas? La posición del Sistema de Retiro es que no hay caso", agregó Escalera Rodríguez.

Sus argumentos fueron rebatidos con alegaciones en derechos hecha por la abogada Berkan, así como por ejemplos verídicos expuestos por el abogado Crespo, quien es hermano del exrepresentante Rolando Crespo, del PNP.

Por ejemplo, Berkan argumentó que la ley sí tiene vigencia, ya que el Gobierno y el propio Retiro ha fijado plazos para que los empleados de mayor antigüedad anuncien si se retirarán antes del 30 de junio, cuando termina el actual año fiscal.

Además, precisó que si hay méritos para hacer reclamos contra el Gobierno, pues incumplió con requisitos de las leyes vigentes de Retiro como para imponer cambios que penalicen a los empleados públicos. Uno de los alegatos fue que nunca aumentó la aportación patronal.

 “No es suficiente que el Estado alegue que hay problemas con el Sistema”, sentenció la abogada, al destacar que esa pensión prometida por el Gobierno fue la que incentivó a los empleados a permanecer por tantos años en sus puestos de trabajo.

Por su parte, Crespo expuso que uno de sus clientes, Peter Avilés Acevedo, podría acogerse al Retiro antes de entrar en vigencia la ley, pero tendría que aceptar el 44% de la pensión y no el 75% que le correspondería si completa los tres años que le faltan. Esto representa, según dijo, que cobre una mensualidad de $1,100 y no de $1,875 que le corresponderían si completa el término para retirarse.

 Comentó que si, al contrario, permanece en la Policía y se retira a los 58, como mandata la ley, recibiría con los cambios introducidos a Retiros alrededor de $60 más, o sea $1,160.

 “El policía debe retirarse con 58 años y 30 años de servicio. Con esta reforma, termina ganándose menos que una persona que no trabaja y vive de los beneficios del Gobierno”, destacó Crespo.

 Tras las argumentaciones, el juez dio hasta el próximo martes a los abogados para someter por escrito sus posiciones sobre la desestimación y la consolidación de casos.

De no desestimarse los casos y no se consolidan, la jueza Romero atendería el caso de los empleados del Contralor y el juez Pagán Ocasio el de los Policías, los empleados de la Judicatura y del Fondo.

Entonces, la decisión próxima que tendrían que adoptar los jueces es si aceptan la petición de interdicto de los demandantes, que provocaría que pasado el 30 de junio entrante, continúen cobijados bajo las leyes pasadas que regían en Retiro hasta que el caso judicial advenga final y firme, comentaron varios abogados.