El gremio de trabajadores sociales objetó hoy una medida que procura tipificar como delito de maltrato el llamado “síndrome de alienación parental” (SAP), debido a que se basa en un término sin validación científica y se enfoca en castigar a los padres y madres en disputas de custodia, en vez de velar por el bienestar del menor.

“La enajenación parental como síndrome nunca fue avalada empíricamente usando la revisión de pares”, explicó la doctora Eneida Alvarado Rivera, quien representó al Colegio de Profesionales de Trabajo Social (CPTS) en la vista de la Comisión cameral de Bienestar Social, encargada de analizar el Proyecto de la Cámara 1309.

Más aún, el Centro de Servicios Integrados a Menores Víctimas del Abuso Sexual (Cimvas), adscrito al Hospital Pediátrico Universitario, levantó bandera sobre la dudosa reputación profesional y personal del psiquiatra Richard Gardner, quien acuñó el término SAP sin aval académico y cuyos escritos contienen múltiples justificaciones a la pederastia y la pedofilia.

“Deberíamos estar sumamente alertas con relación a cualquier proposición que esta persona realice y envuelva a niños o niñas”, advirtió Noemí Vázquez, de Cimvas, ante la representante Luisa Gándara, quien preside la citada comisión.

“No se debe perpetuar o legislar con un término que no ha sido validado científicamente”, insistió la doctora Brenda Mirabal, jubilada del Recinto de Ciencias Médicas tras décadas de experiencia en complejos casos de abuso contra menores.

Más allá de la objeción por el término, todos los deponentes coincidieron en que han atestiguado casos en los que un progenitor obstaculiza las relaciones filiales con el otro padre o madre, sin razón para ello e incluso en violación a las condiciones emitidas por el tribunal. 

También estuvieron de acuerdo en que esas conductas de adultos tienen efectos nocivos duraderos en los menores, pero que criminalizarlas y encarcelar a uno de los padres perjudica al menor en vez de ayudarlo.

"El enfoque punitivo lo daña”

“Estamos hartos del modelo punitivo. El castigo no cambia. Nosotros tenemos el castigo en la psique y después queremos erradicar el maltrato de menores”, manifestó Marcelino Oyola Cintrón, presidente del comité de legislación del capítulo de Puerto Rico de la Asociación Nacional de Trabajadores Sociales.

Alertó además sobre la posibilidad de que los menores terminen sintiéndose culpables si, después de declarar, uno de sus padres termina encarcelado o castigado.

“La idea del proyecto es extraordinaria, es el abordaje y el enfoque punitivo lo que lo daña”, opinó.

Como alternativa, Oyola sugirió crear un comité de trabajo que, en un periodo determinado por la Comisión, recabe datos sobre cómo se están tratando los casos en que un padre se queja de que su expareja hace todo lo posible para limitar o evitar la comunicación y las relaciones con sus hijos.

“Hay que preguntarle al tribunal qué están haciendo (en estos casos) para no partir de cero. Así partimos de una evidencia. Porque podemos estar hablando de 1,000 casos, como pueden ser 20”, indicó Oyola, quien también funge como perito judicial en casos de familia.

Tales datos, según Oyola, ayudarían a “establecer un protocolo uniforme, indicadores de verdad y una definición de qué constituye enajenación parental”.

Esta propuesta hizo eco en Alvarado, quien puntualizó que tal protocolo debe postular “en primera instancia servicio, tratamiento, ayuda para la familia y el niño o niña”.

La experta se expresó segura en que muchos de los conflictos se pueden resolver si el tribunal ordena a los progenitores recibir servicios terapéuticos, que les permita procesar las emociones fuertes que se generan cuando una pareja acostumbrada a tener choques domésticos entra en un proceso de separación y luego de luchar por la custodia.

Entonces, si las partes no cumplen los pasos indicados en el protocolo, “no podemos descartar 100% el enfoque punitivo, porque va a haber casos extremos en los que lo tenemos que hacer”, admitió.

“Sí hay una situación real, aunque no se le llame síndrome. Mi preocupación es que si se reconoce el problema, pero no se nombra, nadie va a hacer nada”, planteó Gándara. 

Ante esta disyuntiva, Vázquez propuso como punto de partida el término “interferencia inadecuada en las relaciones paternofiliales”.

“Hay que reconocer que hay un problema. ¿Cómo lo vamos a llamar? Después le ponemos el nombre”, acotó Oyola, quien insistió en la necesidad de estudiar cómo las agencias y los tribunales resuelven y trabajan este tipo de casos.

Objetan redacción sin fundamento científico

La redacción del Proyecto de la Cámara 1309, de la autoría del representante Héctor Torres Calderón, levantó además múltiples cuestionamientos por parte de los deponentes, debido a que criminalizaría conductas remediables mediante diálogo y además incluye frases subjetivas y sin definir como “implicar a su entorno en el lavado de cerebro de los hijos”.

“¿De dónde sale la lista de criterios que presenta el proyecto para evaluar la presencia de enajenación? ¿Cómo se define y de qué forma esas conductas, alegadamente enajenantes, se medirán? ¿Quién estará a cargo de medirlas?”, fueron algunas de las preguntas que esbozó Alvarado en el extenso memorial del CPTS.

La oposición de las organizaciones de trabajo social a la pieza legislativa se sumó así a las expresadas por portavoces de los departamentos de Justicia y de la Familia en vistas previas.

La medida, que enmendaría la Ley 246 de 2011, conocida como la “Ley para la seguridad, bienestar y protección de Menores”, tipificaría la enajenación parental como un delito menos grave que conllevaría una pena de cárcel de hasta seis meses o una multa de hasta $5,000, o ambas penas si así lo determina el tribunal.