Puede ser el perro más cariñoso, fiel y dócil, pero si es un pit bull, está condenado por ley a una matanza indiscriminada, aun cuando irónicamente esta disposición pudiera estar en conflicto con otra ley –la 154–, la que pretende velar por el bienestar y la protección de los animales.

Sus guardianes enfrentan también la pesadilla, no solo ante la posibilidad de perder a su mascota sino porque pudieran ser condenados a un año de cárcel y a enfrentar una multa de $1,000 al violar el estatuto que prohíbe la posesión de estos canes en la Isla.

Pero, ¿qué beneficios de seguridad y salubridad ha generado la Ley 158 desde que se firmó en 1998, cuando se prohibió en Puerto Rico la introducción, importación, posesión, adquisición, crianza, venta y traspaso de los pit bull terriers y cualquier perro producto de su cruce?

La respuesta es “ninguno”, a juicio de un grupo de expertos consultados por Primera Hora para analizar el tema que cobró notoriedad la semana pasada cuando se dio a conocer el caso de Lola, cuya existencia estuvo encaminada a la muerte tras ser incautada por un policía que la describió como amenaza para la sociedad y riesgo a la vida humana, utilizando como base la ley. Lola se salvó… pero la discusión sobre el asunto está nuevamente sobre el tapete.

Para los entrevistados, el estatuto es catalogado “ley muerta” y “totalmente discriminatorio” para una raza que se ha demostrado que es potencialmente menos agresiva que otras que sí se permiten.

Además, tampoco se han prevenido los ataques de perros –los cuales provienen de todas las razas–, a juzgar por las 6,000 mordeduras que se registraron el año pasado en el Departamento de Salud, agencia que invirtió $1.4 millones en gastos de tratamientos de vacunas contra la rabia en las personas afectadas.

Asimismo, el registro que se pretendía realizar a través del Departamento de Agricultura sobre los pit bulls que ya habitaban en la Isla para el 1998 fue un fracaso, pues apenas se inscribieron 18 canes. Esta cifra contrasta con los 80,000 que se sospecha que hay en Puerto Rico, según trascendió en vistas públicas sobre el Proyecto de la Cámara 2376, con el que se intentó infructuosamente derogar la Ley 158.

Hace unos días, el representante Eduardo Ferrer presentó una medida que también pretende derogar la ley. Actualmente, hay una amnistía firmada por el ex gobernador Luis Fortuño que prohíbe hasta agosto la eutanasia de pit bulls.

“Para empezar, año tras año –y así lo muestran estadísticas en EE.UU.–, las razas de perros guardianes (pastor alemán, dóberman, rottweiler, entre otros) son las que están más envueltas en mayores accidentes”, dijo el veterinario Víctor Collazo, miembro del Comité de Comunicaciones del Colegio de Médicos Veterinarios de Puerto Rico, entidad que se opone a la Ley 158 desde su implantación hace 14 años.

El sentir de los veterinarios en Puerto Rico coincide con la de Collazo, pues sostienen que no hay evidencia científica de que los pit bulls o sus híbridos sean una raza agresiva de nacimiento. Y es que los especialistas están convencidos de que la raíz del problema recae en la crianza.

“Hubo una campaña que se llamó Dog is a dog. Y es que, en efecto, perro es perro y todos tienen potencial de causar daños físicos severos no importa el tamaño o la raza. Una mordedura de un chihuahua puede ser desfigurante para un niño de tres años y requerir 15 cirugías estéticas para tratar de recobrar la cara que ese nene tuvo antes de la mordida. Además, todo perro no vacunado tiene el potencial de transmitir rabia, una enfermedad que es mortal. Por eso, es importante no discriminar contra las razas”, agregó Collazo.

“Cuando se firmó esta ley, nos opusimos. De hecho, en las vistas públicas estuvieron expertos de la American Veterinary Medical Association y explicaron que no tenía sentido discriminar contra la raza y que, en caso de accidentes o negligencias, se recomendaba responsabilizar a los dueños de las mascotas. De hecho, lo que por años hemos sugerido como solución al asunto de mordeduras, mascotas realengas y casos de rabia es el registro obligatorio de animales, esto con un plan que incluya la vacunación”, detalló, por su parte, el doctor Ernesto Casta, presidente electo del Colegio.

Por otra parte, los médicos cuestionaron el procedimiento que realiza el Departamento de Agricultura para identificar si un perro es pit bull o no, pues –según aseguran– solo expertos en Estados Unidos podrían corroborar el genotipo del can mediante pruebas de ADN.

De hecho, el doctor Elton Irizarry, veterinario de Agricultura, confirmó el reclamo al indicar a este diario que el único método que se utiliza en la agencia para aseverar que un perro es pit bull “es por sus características y la experiencia que tenemos conociendo la raza”. Agregó que muchas veces el proceso de identificación se lleva a cabo en vistas administrativas o en tribunales, pues se requiere una querella de la Policía para solicitar la intervención de la agencia.

“El ADN no se necesita porque la Ley 158 no lo dispone y así se ha determinado el mismo tribunal… Solo hay que corroborar ciertas características que están detalladas en el estatuto y que, probablemente, las copiaron de algún texto”, dijo en referencia a que la ley dice que los pit bulls se distinguen por medir de 14 a 19 pulgadas, pesar entre 30 y 50 libras, tener cabeza ovular, pómulos y quijadas pronunciadas, un cuerpo musculoso, robusto y compacto, y pelaje corto y lustroso.

Entretanto, el doctor Irizarry aclaró que Agricultura “nunca” se ha ordenado ni realizado la eutanasia a ningún animal, pues una vez se identifica al animal como pit bull –este proceso se ha completado entre 2007 y 2012 con 382 animales–, lo que procede es que se mate el animal en algún centro certificado. “El dueño del animal tiene que presentar luego a la Policía evidencia de que se eutanizó el perro y el documento tiene que estar firmado por un veterinario y su número de licencia”, explicó el especialista que se opone “100%” a este procedimiento.