A partir ayer, 16 de marzo, todo proveedor de servicios de salud tendrá el deber de referir en un periodo de 72 horas a cualquier persona diagnosticada con cáncer a la cubierta catastrófica o especial del plan de cuidado de salud del Gobierno de Puerto Rico, informó la representante Jackie Rodríguez.

“Con este ajuste hacemos justicia social a los miles de pacientes y sobrevivientes de cáncer en nuestra Isla, porque su médico tendrá que referirlo inmediatamente para que se le provean todos los servicios en el tiempo establecido.  Así podrán recibir los medicamentos, realizarse las pruebas de laboratorio, las pruebas de diagnóstico, sin la necesidad de un referido”, sostuvo la representante en declaraciones escritas.

El Proyecto de la Cámara 1004 fue firmado ayer por el gobernador Ricardo Rosselló. En este se concretó la enmienda al inciso (d) del Artículo 3 de la Ley 275-2012, conocida como Carta de Derechos de los Pacientes y Sobrevivientes de Cáncer. La cubierta catastrófica o especial le será provista a todo beneficiario diagnosticado con cáncer que cualifique para estos fines, en un período no mayor de 72 horas laborables. 

“Desde que comenzamos con esta iniciativa tuvimos el aval del Programa de Prevención de Cáncer, adscrito al Departamento de Salud, quienes también concordaron que la medida aliviará la preocupación de muchos pacientes a la hora de recibir cuidados médicos y/o tratamientos oncológicos”, sostuvo la representante del Distrito 25 de Ponce, Juana Díaz y Jayuya.

Según información provista por el Departamento de Salud, se estimó que en Puerto Rico el total de los costos directos como procedimientos médicos y tratamientos por cáncer ascendió a $1,202.2 millones de dólares.  Este impactante panorama económico hizo evidente la necesidad de enmendar el inciso para beneficio de la población de pacientes y sobrevivientes de cáncer.