En busca de que una mujer que crió a un infante durante los primeros años de su vida en un hogar sustituto del Departamento de la Familia pueda convertirse en la madre del menor, los abogados Marcos Rivera Ortiz y Maraliz Rivera Gutiérrez presentaron una demanda para impugnar la Ley de Adopción, que, según destacaron, dificulta que ese proceso pueda concretarse.

El menor fue ubicado en 2012, a los tres meses de edad, en un hogar sustituto donde también se crió Aida Peña y donde ha continuado residiendo durante su adultez. Peña, habiendo sido una niña bajo la custodia del Departamento de la Familia, se dedicó desde la mayoría de edad a proveer para los otros menores que llegaron al hogar. La mujer asegura que desde que el bebé en cuestión comenzó a vivir allí, ella se ha hecho cargo de todas sus necesidades, desarrollándose entre ambos un vínculo especial que los hace considerarse mutuamente madre e hijo.

“Él llegó con sarna humana y una hernia y tenía una receta. Yo le compré el medicamento y le canté. Desde ahí, comenzó mi interés de tenerlo y criarlo como su madre”, contó Peña, quien tenía 24 años en aquel entonces.

La joven sostuvo en conferencia de prensa que cumplió con el procedimiento administrativo establecido por el Departamento de la Familia, acorde con las sugerencias e instrucciones de la trabajadora social a cargo del caso, pero su solicitud (de adopción) no tomó prioridad y el niño fue ubicado en un hogar pre-adoptivo.

“Lo dieron a otra familia sin consultarme, sin pasar por los debidos procesos de adaptación. Me lo quitaron de un día para otro”, sostuvo Peña. “La justicia ha sido bien cruel, no tan solo para mí, sino para él, porque él no habla y no puede ir (a) ningún lugar a decir ‘yo quiero estar con mi mamá’”, agregó mientras sostenía un álbum con fotografías de ella y el niño.

En este caso Rivera Ortiz actúa como abogado, así como demandante en representación del niño, que hoy tiene tres años.

La ley establece que “los hogares de crianza y los hogares temporeros no tendrán derecho a participar en forma alguna o ser oídos en los procesos de adopción”, obstáculo que Peña y los abogados consideran privó al menor y a esta madre de crianza de permanecer juntos. 

“Queremos impugnar la Ley de Adopción que no permite la participación alguna de los hogares de crianza para ser escuchados en el procedimiento de adopción”, explicó la abogada Rivera Gutiérrez. En el pasado, si el niño permanecía más de un año en el hogar, se permitía que los custodios se expresaran en el proceso, “pero se enmendó la ley y se le quitó la voz sobre los intereses y lo que es mejor para ese niño”, sostuvo.

La abogada Erika Acevedo, asesora en el proceso, señaló que el Departamento de la Familia se ha sistematizado al punto de que descarta automáticamente a potenciales padres y madres adoptivas, sin considerar los lazos que se pudieron haber creado antes y el beneficio que podrían significar para el menor.

“Un estudio social-económico tiene cinco o seis páginas. Una trabajadora social tiene una interacción con el menor una vez cada dos o tres meses, pero la gente que en lo cotidiano está con el menor… ¿Cómo el tribunal puede tomar una decisión justa sin haber analizado lo que estas personas tienen que decir sobre él?”, estipuló Acevedo.

El abogado Rivera Ortiz, mientras, advirtió que este caso representará una confrontación constitucional entre la facultad de parens patriae que tiene el estado para remover niños con los derechos de un niño sobre tener una madre, “que en este caso es la única madre que ha conocido en tres años”.

La demanda urge que el tribunal permita que el abogado Rivera Ortiz funja como defensor judicial del niño y que declare inconstitucional el artículo 7, sección 21, de la Ley de Adopción.