El juez Anthony Cuevas Ramos, del Tribunal de Primera Instancia de San Juan, declaró no ha lugar a la demanda presentada por la Comisión Ciudadana para la Auditoría Integral del Crédito Público, que reclamaba una auditoría de la deuda de sobre $70,000 millones atribuida al gobierno de Puerto Rico.

Según la sentencia, la Comisión Ciudadana “no ha agotado los remedios legales que tiene disponibles en virtud del Título III de la Ley Promesa”.

En la demanda de mandamus se alegaba que el gobierno había incumplido su deber ministerial de entregar información relacionada a dos emisiones de COFINA, incluyendo opiniones legales, correos electrónicos, documentos con opiniones de asesores sobre la legalidad de esta deuda.

Sin embargo, el juez determinó que “para conceder un mandamus es necesario que la parte que lo solicita no tenga otro remedio adecuado en ley, puesto que de tenerlo carecería de un daño irreparable”.

“Al evaluar los argumentos de las partes y la documentación provista, debemos señalar que en efecto, la parte demandante tiene disponible un procedimiento que podrá iniciar ante los representantes legales de la Junta de Supervisión de PROMESA en el cual podrá solicitar los documentos que le interesen, y mediante el cual se dilucidará la confidencialidad o no de dichos documentos”, explica la sentencia.

El reclamo judicial incluía a diversas entidades como el Banco Gubernamental de Fomento (BGF) y la Autoridad de Asesoría Financiera y Agencia Fiscal (AAFAF), representados por el presidente de ambas entidades, Christian Sobrino Vega, así como a la Corporación para el Fondo de Interés Apremiante (COFINA), dirigida por José I. Santiago.