No tocan a los jueces activos o retirados en la reforma de su retiro
La medida legislativa radicada anoche por la Fortaleza expone que los cambios que se incluyan para reformar el retiro solo aplicarán para “todo nuevo participante que ingrese al Sistema de Retiro de la Judicatura del ELA".
Nota de archivo: esta historia fue publicada hace más de 11 años.
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Los cambios propuestos al Sistema de Retiro de la Judicatura en la sesión extraordinaria que comenzará hoy, jueves, no le aplicará a los jueces activos o retirados, denunció la senadora María de Lourdes Santiago sobre proyecto para enmendar retiro de los jueces.
De hecho, la medida legislativa radicada anoche por la Fortaleza expone que los cambios que se incluyan para reformar el retiro solo aplicarán para “todo nuevo participante que ingrese al Sistema de Retiro de la Judicatura del Estado Libre Asociado de Puerto Rico después del 1 de julio de 2014”.
"Hoy de madrugada recibí algunos de los proyectos que se verán en la sesión que empieza hoy. Se enmendará también el Retiro de los jueces. Pero en el caso de ellos, dice la exposición de motivos, 'es constitucionalmente impermisible reducir beneficios de jueces ya nombrados, porque afectaría "la independencia judicial"'. Así que la reducción será de aplicación sólo a los que entren al sistema a partir del próximo año fiscal”, sostuvo la legisladora.
Dijo que lo “escandaloso” es que la Constitución permite ir contra empleados públicos y los maestros para reformar su retiro y otros beneficios, pero no así contra los jueces.
“Ningún juez activo ve perjudicado su retiro”, recalcó en entrevista con este medio.
Reprochó la sinceridad que se tuvo al momento de redactar el proyecto, pues en la exposición de motivos se afirma que “nunca fue diseñado para ser solvente”.
Específicamente, la pieza legislativa expone que “esta Asamblea Legislativa reconoce que cualquier reforma a las pensiones del sistema de retiro de los jueces y juezas debe ser de naturaleza prospectiva para aquellas personas que sean nombradas por primera vez a un cargo como juez o jueza en el Tribunal General de Justicia del Estado Libre Asociado de Puerto Rico a partir de la fecha de efectividad de esta ley. De esta forma, se evita que la Judicatura esté sujeta a represalias, presiones y a situaciones de indebida intervención, contrarias a los principios de independencia judicial y separación de poderes”, añade.
Los cambios propuestos, entretanto, son similares a los que se incluyeron a las reformas del Sistema de Retiro del Gobierno y de Maestros de un Programa Híbrido.
El Programa Híbrido es un plan combinado de beneficio definido y contribución definida.
Según la medida, “con el propósito de fortalecer la solvencia del antes mencionado Sistema de Retiro de la Judicatura de Puerto Rico, esta Asamblea Legislativa estima necesario efectuar cambios prospectivos en el esquema legal aplicable al Sistema de Retiro de la Judicatura y establecer un Programa Híbrido de beneficio definido y contribución definida aplicable a futuros jueces del Tribunal General de Justicia del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, para brindarle así mayor estabilidad fiscal al Sistema y disminuir las deficiencias actuariales que actualmente afronta”.
Además, se detalla que “la retribución promedio de todo nuevo participante que ingrese por primera vez al Sistema después del 1 de julio de 2014, se calculará a base del promedio del sueldo del participante durante los últimos cinco (5) años de servicio. Este período de cinco (5) años será el período base" para calcular su jubilación.
También aumenta la edad en la que se puede retirar de 60 años a 65 años.
“Los participantes que ingresen por primera vez al Sistema después del 1 de julio de 2014 y que formen parte del Programa Híbrido podrán acogerse al retiro a partir de la fecha en que cumplan 65 años de edad, hubieren completado un mínimo de 12 años de servicios como juez y no hubieren solicitado ni recibido el reembolso de sus aportaciones acumuladas. El importe de la anualidad será el 1.5% de la retribución promedio, multiplicado por el número de años de servicios como juez del Tribunal General de Justicia”, indica la propuesta.
En total son ocho proyectos los que incluirá la sesión extraordinaria, la cual comienza este mismo jueves. El más trascendental es la reforma de Retiro de Maestros.
La convocatoria a la extraordinaria también incluye un proyecto para aumentar en $25 mensuales la escala de retribución de los maestros del Departamento de Educación, otro para crear la Autoridad de Transporte Integrado de Puerto Rico y un tercero para enmendar la “Ley de la Autoridad de Carreteras y Transportación de Puerto Rico” con el fin de crear una Junta de Directores de la Autoridad de Carreteras y Transportación.
Además, se someterá a ambas cámaras un proyecto para crear la “Ley del Fondo de Administración Municipal” y otro para requerir a varias entidades gubernamentales a formalizar sus adelantos y compromisos de repago y reestructurar y refinanciar sus deudas con el Banco Gubernamental de Fomento para Puerto Rico, y autorizar las asignaciones presupuestarias necesarias para honrar los pagos de principal, intereses y otros pagos relacionados, entre otros fines.
Otros de los proyectos son para crear la “Ley de la Corporación de Financiamiento Municipal” y la conferencia sobre el Proyecto del Senado 368 para enmendar “Ley para la Fiscalización del Financiamiento de Campañas Políticas en Puerto Rico”, el cual devuelve poderes al juez presidente del Tribunal Supremo.