El presidente de la Cámara de Representantes, Carlos ‘Johnny’ Méndez Núñez, anunció la radicación de una medida que busca establecer una exención de pago de arbitrios al combustible utilizado por los hospitales y facilidades médicas para la generación de su propia energía eléctrica. 

“Como parte de la política pública de esta administración, deseamos impulsar que los operadores de hospitales puedan proveer sus servicios a través de la ciudadanía, sin tener que depender del sistema de energía eléctrica, a través de la red de la Autoridad de Energía Eléctrica (AEE). Ante la magnitud del paso del huracán María, no podemos darnos el lujo de que hospitales queden inoperantes debido al colapso del sistema de la AEE. Entendemos necesario incentivar en los hospitales la adquisición y construcción de sistemas independientes de generación de energía eléctrica como forma del nuevo modelo energético y económico que queremos para Puerto Rico”, señaló el líder legislativo mediante un comunicado de prensa.

 La iniciativa surge como parte de las lecciones provista por el azote de los huracanes Irma y María en septiembre pasado. Los hospitales y facilidades que prestan servicios de salud se vieron afectados por esta situación, a tal nivel, que miles de pacientes no pudieron obtener el cuidado médico adecuado durante varias semanas luego del paso de dicho fenómeno atmosférico.

Se trata del proyecto de la Cámara 1494, el cual añade un nuevo inciso (e) al Artículo 1 y renumerar el actual inciso (e) como nuevo inciso (f) de la Ley Núm. 168 de 30 de junio de1968, mejor conocida como “Ley de Exenciones Contributivas a Hospitales”, con el fin de crear una exención total del pago de los impuestos y arbitrios estatales sobre los derivados del petróleo (excluyendo el residual no. 6 o bunker C) y cualquier otra mezcla de hidrocarburos, incluyendo gas propano y gas natural, que una unidad hospitalaria utilice como combustible para la generación de energía eléctrica o térmica. 

La exención incluida en el mencionado inciso incluye también aquellos impuestos o arbitrios establecidos en las Secciones 3020.07 y 3020.07A de la Ley Núm. 1-2011, según enmendada, conocida como “Código de Rentas Internas para un Nuevo Puerto Rico”, o cualquier disposición en ley sobre ese tema, que le sustituya.

Las industrias manufacturera y hotelera ya gozan de incentivos y beneficios similares a los que la medida busca implantar. En ambos casos, la Ley 73-2008, conocida como la Ley de Incentivos Económicos para el Desarrollo de Puerto Rico”  y la Ley 74-2010, “Ley de Desarrollo Turístico de Puerto Rico de 2010”, proveen una exención total del uso del petróleo y sus derivados para la generación de energía eléctrica.

“Lo que buscamos es que a través de esta exención, se vaya descongestionando la red eléctrica en Puerto Rico y al mismo tiempo, logremos independizar a los hospitales y proveedores de servicios de salud de la misma. Si los hospitales logran tener la capacidad para generar su propia energía e independizarse de la red de la AEE,  entendemos que estamos alcanzando una mejor calidad de vida en Puerto Rico. Esta Cámara de Representantes tiene como norte proveer todas las herramientas que el sector de la salud necesite para lograr este objetivo. En el mundo moderno, esto incluye facilidades de salud capaces de generar su propia energía, y que estén preparadas para enfrentar el paso de huracanes categoría cinco”, agregó el Presidente de la Cámara. 

Según terminó diciendo Méndez Núñez, “los hospitales, podemos decir que son una de las primeras líneas de “servicios esenciales”, y es por ello que debemos concentrarnos en presentar medidas como éstas, que reducen costos, fomentan la inversión privada y proveen estabilidad en cuanto a generación de energía eléctrica se trata”.