El representante José Alberto Banchs Alemán presentó el Proyecto de la Cámara 858, que persigue que las asociaciones o juntas en urbanizaciones cerradas tengan la obligación de utilizar el mecanismo de la mediación antes de presentar cualquier reclamación judicial relacionada al cobro de cuotas de mantenimiento a sus residentes.

“Estamos convencidos de la necesidad de someter estas reclamaciones al proceso de mediación como medida para fomentar la convivencia social y evitar al máximo controversias judiciales entre vecinos. También, esto alivia la carga de pagos. No se debe llegar al Tribunal para este tipo de cosas si existe un mecanismo como la mediación”, señaló el representante.

La medida establecería que antes de cualquier reclamación judicial se deberá someter el asunto a través del Programa de los Centros de Mediación de Conflictos de la Rama Judicial. Y si el deudor desiste por escrito a que la controversia se vea ante un mediador, se podrá iniciar la reclamación por la vía judicial.  

La sección 11 de la Ley 21-1987 dispone que el Consejo, Junta o Asociación de Residentes está facultada para imponer una cuota para cubrir los costos y gastos de instalación, operación y mantenimiento del sistema de control de acceso, incluyendo los salarios o jornales del personal contratado. Asimismo, está facultada para cobrar las cuotas y reclamar la deuda a un propietario moroso.

También establece que el propietario que esté en mora será requerido de pago mediante correo certificado con acuse de recibo y, de no efectuar el pago en el plazo de 15 días a partir del recibo de la notificación por correo certificado, se le podrá exigir el pago por la vía judicial, en cuyo caso el tribunal impondrá al deudor el pago de costas y honorarios de abogado.

Banchs Alemán señaló que la propia ley promueve la reclamación judicial de las cantidades adeudadas, sin tomar en consideración que las juntas son administradas por lo general por los propios vecinos de la persona a quien se le reclama.

“Mediante la mediación se promueve que las partes en conflicto traten de llegar a un acuerdo satisfactorio que ponga fin a la controversia. Las partes no acuden al mediador para que éste les resuelva el problema, sino que su intervención va dirigida a facilitar la comunicación entre ellos. La mediación es una vía apropiada para lograr un acuerdo entre las partes”, agregó el legislador del Partido Nuevo Progresista.