La Cámara de Representantes comenzó a evaluar ayer un chorro de enmiendas a la Ley 54, entre ellas, una que busca incluir el maltrato de animales y la remoción no autorizada de animales en la definición de violencia doméstica.

Mientras tanto, la Sociedad para la Asistencia Legal (SAL) presentó reparos a la mayoría de las ocho medidas que buscan enmendar la Ley para la Prevención e Intervención con la Violencia Doméstica.

Otra de las correcciones permite la presencia de intercesores legales, personas de apoyo, familiares o facilitadores en las vistas de causa para arresto contra el agresor. Otra enmienda regula las órdenes de protección asistidas.

También se propone una enmienda para prohibir que el querellado traspase una distancia de 200 metros, donde esté la parte perjudicada. Además se busca una enmienda a la Ley de Armas para que no se expida o se revoque una licencia de armas de fuego a aquellos ciudadanos que cumplan una probatoria en un programa de desvío por violar la Ley 54.

Otra enmienda busca que toda persona que desee contraer matrimonio en Puerto Rico presente un certificado de convicciones por violaciones a la Ley 54. También, se propone otra enmienda para notificarle inmediatamente a la víctima cuando se ha diligenciado una orden de protección.

El director ejecutivo de la SAL, Alejandro Vélez, dijo que la figura del intercesor legal ya está regulada mediante las Reglas de Procedimiento Criminal. “No debe permitirse que la persona intercesora legal o acompañante permanezca al lado de la querellante y testigo durante el testimonio en corte. Esto podría viciar el examen del testimonio por parte del juzgador, que no busca otra cosa que la verdad para finalmente emitir una determinación justa y suficiente en derecho”, sostuvo Vélez en una vista pública ante la Comisión de lo Jurídico de la Cámara.

Recomendó que se impida al intercesor legal dar asesoría y representación legal a la querellante y se prohíba que sea una persona con conocimiento personal de los hechos.

En cuanto a la enmienda que regula las órdenes de protección asistidas, Vélez dijo que también limita los derechos constitucionales del querellado y permitiría que un juez ordene su reclusión en parte, sin estar asistido de un abogado.

Con relación a la enmienda para incluir la amenaza a una mascota en la definición de violencia doméstica, el portavoz de la SAL dijo que la Ley para el Bienestar y Protección de los Animales castiga el maltrato a animales. 

Dijo que se debe especificar el maltrato animal como un elemento diferenciado del daño físico a bienes apreciados de la víctima.

La presidenta de la Comisión de lo Jurídico, María Milagros Charbonier, dijo que desde que se creó en 1989 la Ley 45 “ha sufrido alrededor de 33 enmiendas y ahora tenemos ocho posibles enmiendas”.

“Tenemos que reevaluar esto completamente con detalles, con precisión para minimizar situaciones que estamos viviendo hoy día”, sostuvo Charbonier.

El representante Luis Vega Ramos expresó reservas con que se limite la discreción de los jueces.

Uno de los proyectos de la Cámara, igual que otro en el Senado, propone que al emitir una orden de protección, el juez paralice las relaciones paterno filiales por un período de 30 días en lo que la Unidad de Trabajo Social del tribunal evalúa el caso y somete sus recomendaciones.

La autora del proyecto de la Cámara, Yashira Lebrón Rodríguez propuso una enmienda en el salón de audiencias para disponer que si demuestra con evidencia que una de las partes radicó una orden de protección frívola con el fin de provocar las suspensión de la custodia y las relaciones paterno filiales , cometerá delito grave.

El Director Ejecutivo de la SAL dijo que en la Sala de Investigaciones el juez toma sus determinaciones “caso a caso y si hay una peligrosidad, la víctima ya pasó ante la Policía y un fiscal que partimos de la premisa que la orientaron”.