El Senado aprobó este jueves legislación que aumenta la penalidad monetaria por la violación de disposiciones de la Ley 54 de violencia doméstica.

La medida eleva de $100 a $300 la penalidad por los delitos de incumplimiento de una orden de protección, maltrato agravado, maltrato mediante amenaza, maltrato mediante restricción de la libertad, y agresión sexual conyugal. En estos casos, se dispone en la legislación, la imposición de la pena especial será obligatoria y el pago se hará mediante la adquisición de comprobantes de rentas internas. 

El producto de estas multas será depositado en el Fondo Especial para la Prevención de la Violencia Doméstica; que es para uso exclusivo de la Oficina de la Procuradora de las Mujeres (OPM) en su función de promover y desarrollar programas educativos para la prevención y orientación a las víctimas de la violencia doméstica; y para otros fines relacionados, se establece.

“Esta Asamblea Legislativa, entiende pertinente y urgente ampliar los recursos disponibles para la Oficina de la Procuradora de las Mujeres en su encomienda de promover y desarrollar programas educativos para la prevención y orientación a las víctimas de la violencia doméstica. Entendemos que un mecanismo efectivo para adquirir los recursos necesarios es mediante la imposición de una aportación monetaria como pena especial de trescientos dólares ($300.00) a toda persona que incurra en los delitos de incumplimiento de una orden de protecci6n, maltrato, maltrato agravado, maltrato mediante amenaza, maltrato mediante restricci6n de la libertad”, dice la exposición de motivos de la legislación. 

Aprobó además el Senado en su sesión de hoy, un proyecto para enmendar la Ley 74-1956, conocida como Ley de Seguridad de Empleo de Puerto Rico para incluir a la población de personas con impedimentos o diversidad funcional, entre las que se podrán beneficiar de los fondos establecidos en el Fondo para el Fomento de Oportunidades de Trabajo.

Establece la exposición de motivos de la medida que el propósito primordial del Negociado para el Fomento de Oportunidades de Trabajo es canalizar eficientemente los fondos para contribuir a reducir el desempleo; por lo que el Fondo está dirigido, principalmente, a los beneficiarios del Seguro por Desempleo y a los solicitantes registrados en el Servicio de Empleo del Departamento.

“En virtud de lo anterior, esta Asamblea Legislativa entiende meritorio enmendar la Ley 74 a los fines de incluir la población de personas con impedimentos o con diversidad funcional entre las que deben ser orientadas, adiestradas y servidas exclusivamente en las actividades coordinadas por el Servicio de Empleo del Departamento bajo los preceptos establecidos en la Ley 74, y así beneficiarse de los patrocinios instituidos por el Fondo para el Fomento de Oportunidades de Trabajo y de los derechos resguardados para todos por igual en nuestra Constitución”.

También aprobó el Senado el Proyecto de la Cámara 1952, que enmienda la Ley de Farmacia de Puerto Rico para crear la definición de producto biosimilar y producto biológico intercambiable y establecer los requisitos para la dispensación e intercambio de productos biológicos por productos biosimilares en Puerto Rico.

La medida define como medicamentos bioequivalentes como aquellos clasificados por la Administración Federal de Alimentos y Drogas (FDA) como terapéuticamente equivalentes por contener los mismos ingredientes activos; ser idénticos en su potencia, forma de dosificación y vía de administración y tener biodisponibilidad comparable. Además, se establece que un medicamento bioequivalente no es lo mismo que un medicamento o producto biosimilar.

Para las definiciones de “productos biológicos”, “productos biológicos intercambiables” y “productos biosimilares” y se acoge la que contiene la Ley de Servicios de Salud Pública de los Estados Unidos, y se establece que “para los efectos de esta definición, cualquier disposición relacionada con los productos biológicos que conflija o trate sobre un asunto regulado por alguna ley, reglamento federal o alguna directriz administrativa emitida por la Administración de Drogas y Alimentos Federal que sea aplicable a Puerto Rico para con los productos biológicos, se entenderá enmendada para que armonice con tal ley o reglamento federal”.

Durante la sesión la delegación del Partido Popular Democrático expresó su deseo de restablecimiento a la exgobernadora Sila María Calderón, quien padece un quebranto de salud.  

Se acordó además recesar los trabajos de este cuerpo legislativo hasta el próximo lunes, 6  de abril.