El senador popular puertorriqueño Aníbal José Torres, alertó a las autoridades sobre la "ilegalidad del bono de productividad otorgado al nuevo director ejecutivo de la Autoridad de Energía Eléctrica, Walter M. Higgins, por parte de la Junta de Gobierno de la mencionada corporación pública".

En la misiva enviada a la Junta del Gobierno y de la que envió copia al gobernador de la isla, Ricardo Rosselló, a los presidentes de los Cuerpos Legislativos, al secretario interino de la Gobernación, a la secretaria de Justicia, entre otras autoridades, Torres advierte que el bono de productividad que la entidad le otorgó a Higgins III "es contrario a la Ley 66-2013 y, por tanto, nulo".

La Ley 66-2013, de la que el senador es autor, establece que ningún contrato de empleo ni de servicios profesionales con una corporación pública del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, "podrá contratar, pagar o conceder a algún contratista o funcionario cualquier remuneración o bono por concepto de productividad".

"Según definido por la Ley 66-2013 un bono de productividad es "toda remuneración pagada a funcionario o empleado público, fijada por acuerdo contractual cuyo cálculo depende de las ganancias netas o brutas, superávit o excedentes en efectivo de la agencia, corporación o instrumentalidad pública; incluirá también cualquier bonificación, mediante orden o resolución, por concepto de ejecutorias, méritos, calidad, cantidad o grado de producción", agregó.

"Es increíble que, en medio de una crisis energética, cuando aún nuestra gente sufre de falta de energía eléctrica, cuando el propio Gobernador ha propuesto vender los activos de la AEE, se tenga la desfachatez de otorgarle ilegalmente $450,000 de bono al nuevo Director Ejecutivo. La Junta actuó de forma ilegal y acudiremos a todos los foros pertinentes para que se haga cumplir la Ley 66-2013", agregó Torres.

Finalmente, advirtió que la Ley 66-2013 establece penalidades para los miembros de la Junta de Gobierno que hayan votado a favor o hubieren prestado su anuencia a la concesión del bono de productividad, en cuyo caso vendrán obligados a pagar, en su carácter personal, una suma equivalente al cien por cien de la totalidad del bono de productividad otorgado.