El Tribunal Supremo negó la petición de Certificación Intrajurisdiccional y la Solicitud de Auxilio de Jurisdicción presentadas por la comisionada electoral del Partido Nuevo Progresista (PNP) en el caso contra la Comisión Estatal de Elecciones (CEE) y otros partidos y organizaciones que reclaman estar presentes en las mesas de escrutinio del plebiscito de estatus.

La controversia surgió luego que la saliente presidenta de la CEE, Liza García, decidiera incluir en a representantes del Partido Popular Democrático (PPD) y el Partido Independentista Puertorriqueño (PIP) en las mesas de escrutinio del plebiscito del pasado 11 de junio.

Sin embargo, Burgos reclamó que no debían participar puesto que esas organizaciones políticas decidieron boicotear el plebiscito. La controversia llegó a los tribunales, donde la jueza Lauracelis Roque Arroyo del Tribunal de San Juan ordenó la paralización temporal del proceso de escrutinio.

Tras la determinación del Supremo, el caso vuelve ahora al Tribunal de Primera Instancia, donde la jueza a Roque Arroyo, tendrá que tomar la decisión. La jueza había dado a las partes hasta el 21 de junio para que expresaran sus fundamentos.

“El efecto es que el escrutinio sigue paralizado hasta que la jueza resuelva”, comentó Luis Antonio Ocasio, portavoz de prensa de la comisionada Burgos. “Todo queda pendiente a cómo resuelve el Tribunal de Primera Instancia. Según resuelva, no se puede descartar que el caso vuelva luego al Supremo”.

La determinación de la CEE a la que se opone Burgos había fijado que hubiera 20 representantes de cada uno de los tres partidos en las mesas de escrutinio.

En el plebiscito del pasado 11 de junio, la estadidad ganó abrumadoramente con 97 por ciento de los votos a su favor. Sin embargo, apenas el 23 por ciento de la población participó en el proceso.