Los problemas económicos que vive el país son complejos... y la legislación aprobada para intentar solucionarlos también.

Primera Hora te presenta un resumen de los proyectos   de ley más importantes aprobados durante la pasada sesión legislativa para que sepas realmente qué fue lo que hicieron los señores de la Casa de las Leyes. Incluimos también un desglose de los salarios que van a cobrar los alcaldes a base de la población de cada municipio y cómo quedó la ley de los descuentos en los boletos para las personas de mayor edad.

Te resumimos, además,  la ley que regula las llamadas máquinas de entretenimiento para adultos, que la ley asegura que no pueden dar “premios”, entre otros proyectos.

Le reducen la rebaja a los más viejitos

El proyecto de descuento en el precio de los boletos que compran las personas de mayor edad fue firmado el jueves por el Gobernador.

La legislación les quita a las  personas de 60 a 64 años de edad el privilegio de adquirir  los boletos de espectáculos con un 50% de descuento.

El descuento lo  disfrutarán las personas de 65 años o más.

La medida elimina los boletos gratis para las personas de 75 años o más.

También limita la cantidad de boletos  con rebaja al 5% de total que se destinen para la venta, por función.

En la eventualidad de que los boletos reservados no hayan sido vendidos en o antes de las  72 horas previas a la función, los mismos estarán disponibles para la venta, sin la aplicación del descuento.

Ajuste de sueldo a los alcaldes

La Ley 69 establece la siguiente escala de sueldos:

Municipios con menos de 15 mil habitantes: El alcalde que inicie su incumbencia cobrará un sueldo base de $4,500 mensuales.

Con  población entre 15 mil y 25 mil habitantes:  $5 mil

Con más de 25 mil  habitantes, hasta  35 mil habitantes: $5,500

Con más de 35 mil habitantes, hasta 45 mil:  $6,000

Con más de 45 mil habitantes, hasta 55 mil:  $6,500

Con más de 55 mil habitantes, hasta 65 mil: $7,000

Con más de 65 mil habitantes,  hasta 75 mil: $7,500

Con más de 75 mil habitantes, hasta 100 mil: $8,000

Con más de 100 mil habitantes, hasta 200 mil:  $8,500 

Con más de 200 mil habitantes, hasta 300 mil:  $9,000

Con población que exceda los 300 mil habitantes: $9,500

Los alcaldes que devengan ahora mismo un salario mayor, lo mantienen.

Los días feriados que perderás

El Gobernador aún no  ha firmado la ley

La medida establece el Día de los próceres puertorriqueños y de los presidentes de Estados Unidos, que se celebrará el tercer lunes de febrero de cada año. Ese día se conmemorarán los natalicios de Eugenio María de Hostos, José de Diego, Luis Muñoz Rivera, José Celso Barbosa, Ramón Emeterio Betances, Ramón Baldorioty de Castro, Luis Muñoz Marín, Ernesto Ramos Antonini y Luis A. Ferré; además del nacimiento de Jorge Washington y de los presidentes estadounidenses.

Se eliminarán los feriados del 11 de enero, que celebraba el natalicio de Eugenio María de Hostos; el 16 de abril  que conmemoraba el natalicio de José de Diego; el tercer lunes de julio, Día  de Luis Muñoz Rivera; y el  27 de julio, Día de José Celso Barbosa.

Máquinas, ¿sin premio?

Según la Ley 77, la Jurisdicción de las llamadas máquinas de entretenimiento para adultos pasó de Departamento de Hacienda a Turismo

Se impone una multa fija de $10 mil al operador que permita que las máquinas sean utilizadas por un menor.

Las máquinas no se podrán ubicar en tiendas por departamentos, farmacias, panaderías, gasolineras, supermercados, megatiendas, cadenas de tiendas, restaurantes, oficinas profesionales e instalaciones públicas del Gobierno.

Estarán a más de 200 pies lineales de escuelas e iglesias y a cinco kilómetros de hoteles con casino.

No pueden dar premios. Cada máquina exhibirá el siguiente mensaje:

“Toda persona que utilice una máquina de juego de azar fuera de los casinos que ubican en los hoteles, aeropuertos o puertos, está cometiendo delito grave y se expone a un a pena de prisión. Las máquinas de este establecimiento son máquinas de entretenimiento para adultos y de ninguna manera están autorizadas a pagar premio alguno”.

El operador pagará un impuesto de $2,500 anuales por máquina.

La sacudida a los  trabajadores con  la Ley 66

La Ley de Sostenibilidad  flexibiliza el destaque o traslado de empleados regulares o transitorios. El traslado puede darse entre puestos, clases, niveles de puestos, grupos de empleados, unidades apropiadas, unidades sindicales o no sindicales, entre entidades de la Rama Ejecutiva.

Congela los aumentos salariales y se eliminan otros beneficios extraordinarios.

Limita a  $600 el  Bono de Navidad y a $200 los bonos de verano.

Permite  suspender planes de adiestramiento y capacitación.

Permite suspender disposiciones que impidan la subcontratación de tareas asignadas  a los trabajadores.

Suspende la antigüedad como criterio si impide cambios en funciones, ascensos, descensos, reubicaciones traslados y otros.

Prohibe liquidar en efectivo las horas de enfermedad y vacaciones acumuladas.

Prohibe la concesión de días y horas libres sin cargo a licencias.

Permite suspender cláusulas de los convenios colectivos que impidan reasignar tareas, que impidan el fraccionamiento de tareas o la asignación de horarios.

La vigencia de la ley es de hasta tres años.

Impuesto especial al  envío de dinero al extranjero

El Gobernador todavía no ha firmado la ley

La legislación aprobada en Cámara y Senado establece un impuesto especial de  2%  sobre todas las remesas de dinero que se envían fuera de Puerto Rico.

Están sujetas al cobro las remesas que se tramitan por medios electrónicos, cheques, giros postales, fax, transporte aéreo u otros medios.

Incluye las remesas enviadas a Estados Unidos. 

Los extranjeros que envían dinero a sus familiares en el extranjero serán los más perjudicados con el impuesto. 

Los padres que les envían dinero a sus hijos que estudian en universidades en los Estados Unidos también pagarán el cargo.

Una tercera parte de los ingresos que genere el impuesto se usará para  sufragar  y proveer aportaciones de gastos de cierre y pronto pago en la compra de viviendas.