El gobernador Alejandro García Padilla está impedido de desactivar la Ley Seca que aplica este domingo debido a la primaria presidencial del Partido Republicano, informó el secretario de Asuntos Públicos de La Fortaleza, Jesús Manuel Ortiz.

“Entendemos el planteamiento y la preocupación que ha surgido con los eventos que ya estaban programados (para el domingo). Nos parece que es una discusión que hay que tener. Pero, en este momento, por ser una disposición de ley que está vigente, no tenemos otra alternativa que no sea cumplir con esa disposición de la ley”, sostuvo Ortiz.

El portavoz de La Fortaleza se refirió a las quejas de algunos comerciantes, políticos y productores que tenían programados espectáculos para este domingo y sus negocios se verán afectados por la prohibición en el expendio y consumo de bebidas alcohólicas en lugares públicos. También ha habido críticas de ciudadanos por la veda en el expendio de bebidas alcohólicas durante un evento en el que se espera una baja participación de votantes.

En la primaria se miden los candidatos republicanos a la presidencia de Estados Unidos.

La prohibición en la venta y consumo de bebidas alcohólicos en negocios y lugares públicos estará vigente de las 12:00 a.m. del domingo hasta las 9:00 p.m. de ese mismo día.

Ortiz dijo que el gobernador puede activar y dejar sin efecto la Ley Seca mediante orden ejecutiva solo cuando se trata de un evento de emergencia, como por ejemplo, un evento atmosférico.

Sin embargo, indicó que la primaria del domingo aplica una disposición de la Ley Electoral que entra en vigor automáticamente por el hecho de que se está celebrando un evento electoral en Puerto Rico. 

“En virtud de la Ley Electoral el gobernador no tiene facultad de dejarla sin efecto. La única forma en que podría hacerse es a través de un mecanismo de enmiendas a la ley”, sostuvo.

“Es una ley de muchos años. Se enmendó en 2011, pero no se tocó nada de la Ley Seca. Así que esa ley está en vigor y la única forma en que se puede atender es mediante enmienda y eso lo corresponde a la Asamblea Legislativa”, reiteró.

Cabe destacar que la Legislatura no sesiona hasta la próxima semana.

En cuanto al número de policías que serán desplegados el domingo para hacer cumplir la ley, el secretario de Asuntos Públicos de La Fortaleza indicó que el superintendente, José Caldero “tiene sus planes y la Policía atenderá (el evento) de la mejor manera que entienda”.

Durante la primaria, en todos los pueblos se abrirá al menos un colegio de votación para que afiliados al Partido Republicano en Puerto Rico escojan uno de los precandidatos presidenciales de esa colectividad. Mientras se desarrolle la votación y horas después que culmine el proceso, el expendio y consumo de licor en los negocios estará prohibido.

El Artículo 12.021 de la Ley 78 del 1 de junio de 2011, según enmendada, establece los citados límites en el expendio de bebidas alcohólicas.

La ley dispone que “toda personas que abriere u operare un establecimiento comercial, salón, tienda, club, casa, apartamento, depósito, barraca o pabellón para el expendio, venta, tráfico o consumo gratuito de licores espiritosos, destilados, vinos, fermentados o alcohólicos, desde la medianoche anterior al día de una elección hasta las nueve de las noche del día en que éstas se celebren, incurrirá en delito menos grave”.

La violación de la disposición legal establece sanción con “pena de reclusión por un término máximo de noventa días o multa máxima de $5,000 o ambas penas a discreción del tribunal”.

La prohibición, sin embargo, no aplica a negocios de hoteles, paradores, condohoteles certificados por la Compañía de turismo de Puerto Rico “cuando los establecimientos sean parte de los servicios o amenidades que éstos ofrecen a sus huéspedes o visitantes y participantes de convenciones y la venta, expendio o distribución de bebidas alcohólicas se haga para el consumo dentro de los límites del hotel, parador, condohotel o barco crucero”.

La disposición explica que “tampoco aplicará en los establecimientos comerciales que operan dentro de las zonas libre de impuestos de los puertos y aeropuertos de la Autoridad de Puertos de Puerto Rico, siempre que la venta de bebidas alcohólicas sea para entregarla al comprador después que haya abordado el avión o barco”.