La jueza Vivian Durieux Rodríguez, del Tribunal de Bayamón, sentenció la mañana de hoy a Neysha Enid Colón Bergollo, a diez años de cárcel por su participación y admisión en el asesinato de Nadiaangelí Velázquez Ramírez.

Durieux Rodríguez impuso la sentencia luego que la defensa de Colón Bergollo anunció que no impugnaría el informe presentencia elaborado por el oficial sociopenal Miguel García, quien no recomendó la sentencia mixta de cárcel y probatoria acordada como parte de su alegación de culpabilidad.

Al inicio de la audiencia, el licenciado Manuel Gómez Encarnación pidió a la togada que entrevistara a su representada para consignar para récord que la decisión de renunciar al informe presentencia había sido tomada por la mujer en contra de la recomendación de su defensa.

Esposada de manos de pies, Colón Bergollo se paró frente al podio -que utilizan los abogados y fiscales durante sus alocuciones- y afirmó que renunció de forma libre y voluntaria a la celebración de la vista de impugnación y que conocía el alcance de esa decisión.

Ante la renuncia a la impugnación del informe se activó la imposición de la sentencia alternativa de 10 años de prisión que contemplaba el preacuerdo.

Así las cosas, la jueza procedió a sentenciarla luego de leer una carta de Ana Delma Ramírez Solís, periodista y madre la víctima y de una breve alocución en corte abierta de la convicta.

Ramírez Solís no quiso expresarse en corte abierta, pero escribió una carta, que pidió a la jueza Durieux Rodríguez que leyera en silencio, en la que expresaba sus temores y su frustración con el sistema de justicia.

Colón Bergollo, por su parte, proclamó su inocencia.

"Para mí, sigo siendo inocente. Fue una decisión que tomé", apuntó.

También pidió que se continúe la investigación de este caso para que se radiquen cargos contra los verdaderos asesinos de Velázquez Ramírez y que se reasigne la pesquisa a otro investigador "justo".

"Hay otras personas que deben estar paradas aquí en el lugar donde yo estoy parada", indicó.

El pasado 23 de febrero, Colón Bergollo hizo una alegación de culpabilidad a cambio de una sentencia de cinco años de cárcel y otros 15 años en probatoria, de cualificar para el privilegio para la sentencia suspendida. De lo contrario, el acuerdo establecía que debía extinguir una pena de 10 años de prisión.

Mediante el acuerdo alcanzado con el Ministerio Público, representado por los fiscales Jesús Soto Amadeo y Enrique Rivera Mendoza, se reclasificaron un cargo de asesinato por uno de asesinato atenuado, uno de secuestro por restricción a la libertad y dos artículos de apuntar y disparar un arma de fuego por la modalidad de posesión de un arma de fuego, sin alegar el uso. Otros dos cargos de destrucción de prueba y de conspiración quedaron inalterados.

El acuerdo contó con el aval de la mamá de la víctima.

Según el Ministerio Público, Velázquez Ramírez fue secuestrada y posteriormente asesinada para silenciarla, porque supuestamente iba a testificar en un caso de fraude bancario en el que también estaban implicados la acusada y otras personas que, hasta el momento, no han sido identificadas, ni acusadas por el crimen.

El cuerpo de Velázquez Ramírez, que presentaba signos de quemaduras, mutilación y de tortura, apareció en una vía rural en Toa Alta, el 30 de julio de 2012.