¿Se imagina a un hombre de 59 años casándose con una chica de 16? ¿O a su hija de 14 años casada con un sujeto de 31?

Unos 888 menores de entre 14 a 16 años se casaron en ese periodo. Esta estadística es algo diferente a la publicada antes por Pimera Hora porque no incluye a los menores de 17 años y detalla las edades de los que se casaron con los menores.

Aunque la mayoría de los casos de estos 888 matrimonios son de jovencitas de 14 a 16 con jóvenes de unos 20 años, hay otros ejemplos donde hay una enorme discrepancia entre la edad la joven con el esposo. Según las estadísticas, una joven de 16 años se casó con un hombre de 59, otra de la misma edad se casó con un sujeto de 55 y dos chicas de 16, se casaron con hombres de  44.

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También salta a la vista dos menores de 15 años,una casada con alguien de  42 años y otra  con uno de 33.

Las jóvenes de 14 años que se casaron en ese periodo incluye a contrayentes que tenían el doble de edad, una chica casándose con un hombre de 31 años y otra con uno de 30.

Confusión y sorpresa

Para la profesora Glenda Labadie Jackson, de la Escuela de Derecho de la Universidad de Puerto Rico, hay mucha confusión con el lenguaje del Código Civil. Por ejemplo,   los matrimonios de varones de 15 años –dos en los pasados 6 años- son nulos desde su inicio porque contradicen por completo el artículo 70 del código.

Asimismo, una enmienda reciente del Código Penal al delito de agresión sexual no tomó en consideración el lenguaje del Código Civil. “El hombre que se casa con una mujer que tenga entre 14 y 16 y tenga relaciones sexuales consensuales con esta, está cometiendo el delito de agresión sexual y ¡la víctima sería su esposa!”, dijo la profesora.

“Considero que el Código Civil debería enmendarse para atajar esta incongruencia y para despejar cualquier duda que pueda existir con respecto a la edad mínima para contraer matrimonio”, expresó Labadie.

Afirmó que la edad mínima para casarse en una revisión del código debería ser 18 años, con excepciones para en cierto casos permitir las bodas a los 16, tal y como aplica en la mayoría de las jurisdicciones norteamericanas y europeas.

“A mi juicio, de haberse celebrado el tipo de matrimonio que planteas, el problema no solo es la falta de capacidad y madurez para consentir al matrimonio y a sus consecuencias, sino que en estos casos es muy probable que se trate de relaciones de subordinación, de autoridad, de desigualdad económica que ni deben ser toleradas en nuestro ordenamiento”, concluyó la profesora.

Mientras, para el también profesor de Derecho de Familia de la UPR, Guillermo Figueroa Prieto, “francamente me sorprende” la discrepancia entre las edades.

“No es lo que uno esperaría, uno tiende a pensar que jóvenes de esas edades son jóvenes que tienen una relación de noviazgo y amistad y en ese proceso la muchacha sale embarazada y se casa, que debería ser un patrón de jóvenes de la misma edad. Cuando ves discrepancias tan grandes, 14 con 31, puede ser a algo en particular”, dijo Figueroa Prieto.

El catedrático dijo que haría falta un estudio estadístico para comparar un número de años más amplio para determinar si estos datos del registro son  “una situación alarmante”.

Mientras Olga López Báez, vicepresidenta de Junta de Directores de la Casa Protegida Julia de Burgos y exprocuradora auxiliar de asuntos legales de la Oficina de la Procuradora de las Mujeres, lamentó la situación porque revela la disparidad en las edades de algunos de los contrayentes.

“Ese de 59 puede ser el abuelo de esa nena de 16”, dijo López Báez.

Según la abogada, las estadísticas reflejan la realidad de la ausencia de transición saludable de esos menores a la adultez, porque las responsabilidades del matrimonio las priva de disfrutar de la adolescencia.

Además de que se evidencia ausencia de educación sexual en parte de la población, pone en seria amenaza sus posibilidades de una educación completa que la ayuda en su futuro económico, y la gran vulnerabilidad que hay en esas edades.

“Todo esto conduce a la pobreza, la vulnerabilidad de una preñez temprana, una exposición por falta de educación a posibles enfermedades sexuales, y lo más terrible, puede desembocar en la violencia”, agregó López Báez, quien hizo hincapié en que existe autonomía en los grupos más jóvenes sobre su vida sexual, pero debe incluir una educación sexual adecuada e integrada.

López Báez indicó que confía que en la futura revisión del Código Civil se siga la propuesta de 2008 de que la edad mínima para casarse, sin excepciones como es en la actualidad, sea a los 16 años.

“Que hayan adultos de 31 años casándose con menores de 14, esto no debe ser”, afirmó.

Mientras, ante señalamientos de abogados que cuestionan la legalidad de estos matrimonios, Alba Iris Calderón Cestero, la asesora legal del Registro Demográfico, afirmó en declaraciones escritas que los matrimonios de personas de 14 y 15 años inscritos en el registro surgen por excepciones que están vigentes en el Código Civil que permiten estas si ha habido "seducción" y existe previo consentimiento de sus padres o tutor, y si estos se negaren, del Tribunal. 

"De acuerdo a estos requerimientos de ley, se otorgan las licencias para contraer matrimonio", informó.