La madre y el padrastro del niño Emilier Nieves Pérez, que murió el pasado 5 de diciembre cuando se estrelló la motocicleta que manejaba contra una verja en la barriada Jason, en Corozal, fueron acusados hoy, viernes, por maltrato de menores bajo la Ley para la Seguridad, Bienestar y Protección de Menores.

La jueza María L. Rodríguez Cruz, del Tribunal de Bayamón, determinó causa para arresto contra Celmarie Pérez Vázquez, de 25 años, y el padrastro del menor, identificado como Randy Ramos López, de 29 años, señalándole una fianza de $20,000 a cada uno.

El comandante Rafael Rosa Córdova, director del Cuerpo de Investigación Criminal (CIC) del área de Bayamón, reveló que Ramos López y Pérez Vázquez prestaron la fianza y quedaron en libertad bajo el programa de supervisión electrónica con un grillete.

La vista preliminar fue señalada para el 12 de enero, agregó.

De acuerdo con la investigación que llevó a cabo el agente Carlos Rivera Gerena, adscrito al CIC de Vega Baja, el accidente ocurrió al atardecer del sábado, 5 de diciembre, en la comunidad, luego de que el niño Emilier Nieves Pérez, de cinco años, le pidió permiso a su progenitora para dar la última vuelta del día en una motocicleta de campo traviesa.

Trascendió que detrás del menor se sentó un amigo del padrastro del niño y, tras ponerse en marcha, Nieves Pérez gritó que se había quedado sin frenos.

Supuestamente, el adulto intentó detener la motocicleta con las piernas, pero se estrellaron contra la verja de la residencia de la abuela del niño, reveló la pesquisa.

La motora está diseñada para ser manejada por mayores de 15 años de edad.

El caso fue consultado con la fiscal Ruth González.

La pareja se expone a cumplir una pena de reclusión por un término fijo de cinco años o al pago de una multa que no será menor de $5,000 ni mayor de $10,000, o ambas penas, a discreción del Tribunal. De mediar circunstancias agravantes, la pena fija establecida podrá ser aumentada hasta un máximo de 8 años. De mediar circunstancias atenuantes, la pena fija podrá ser reducida hasta un máximo de 3 años.

La pareja se expone a cumplir una pena de reclusión por un término fijo de 5 años o al pago de una multa que no será menor de $5,000 ni mayor de $10,000, o ambas penas, a discreción del Tribunal. De mediar circunstancias agravantes, la pena fija establecida podrá ser aumentada hasta un máximo de 8 años. De mediar circunstancias atenuantes, la pena fija podrá ser reducida hasta un máximo de 3 años.