En la sentencia se determinó que el beneficio requerido en la Ley de Ética Gubernamental para que se configure un delito tiene que ser uno económico, concreto u objetivo, y no puede ser un favor sexual.

La convicción de Arlequín era por acoso sexual y por utilizar las facultades de su cargo para obtener un beneficio ilegal.

“Yo espero que mañana, o pasado mañana, ya él esté sin grillete libre en la comunidad”, dijo a este diario el abogado del exalcalde Carlos Padilla Montalvo.

El exalcalde se encontraba en reclusión domiciliaria luego de que fuera hallado culpable en diciembre de 2015, de acoso sexual a una empleada del municipio y de violar la Ley de Ética Gubernamental al haber utilizado las facultades de su cargo para obtener un beneficio ilegal, por lo que fue sentenciado a cuatro años de cárcel.

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La violación a la Ley de Ética Gubernamental era lo que lo mantenía cumpliendo en su hogar.

El Apelativo también determinó que no hubo prueba "más allá de duda razonable" contra Arlequín Vélez.

El político, del Partido Popular Democrático, fue sentenciado a cuatro años y seis meses de prisión, a cumplirse de forma concurrente. 

El exgobernador Alejandro García Padilla concedió el indulto a Arlequín Vélez antes de cesar su mandato y fue ampliamente criticado por sus opositores políticos. García Padilla explicó en aquel momento que Arlequín permanecerá recluido en su residencia durante el tiempo que le quedaba de la sentencia.