La Secretaria del Departamento de Justicia, Wanda Vázquez Garced, informó por escrito que esta tarde la representación de la Oficina de Asuntos Monopolísticos (OAM) y el Municipio de Cabo Rojo llegaron a un acuerdo para dejar sin efecto los requisitos que imponía el Municipio en la Ordenanza del 5 de abril en violación a una de las cláusulas anti-monopolísticas.

Ante la jueza Lynette Ortiz Martínez, del Tribunal de Primera Instancia de Mayagüez, las partes acordaron dejar sin efecto la Sección 7 de la Ordenanza 26 que iba en violación de la Ley de Monopolios y Restricción al Comercio, según planteó el Departamento de Justicia.  La misma establecía una serie de requisitos a tales como; “todos los residentes, no residentes, dueños de propiedad residencial y dueños de propiedad comercial que interesen contratar los servicios de un proveedor de servicios de recogido, acarreo, disposición de desperdicios sólidos no peligrosos” que hacían difícil la entrada de competidores para proveer servicios de la disposición de desperdicios sólidos. Por ende, el Municipio no puede emitir multas por esto.

La Secretaria Auxiliar de Asuntos Monopolísticos, Denise Maldonado, y la abogada Johan Rosa, informaron que el 12 de julio está pautada una conferencia inicial como parte del proceso de interdicto permanente en los demás señalamientos.

El viernes pasado, la OAM radicó una demanda contra el Municipio de Cabo Rojo por la otorgación de un contrato exclusivo a Consolidated Waste Services, LLC (CWS) para el recogido de los desperdicios sólidos con la venta exclusiva de bolsas plásticas anaranjadas.

Maldonado detalló que la demanda solicita al Tribunal de Primera Instancia de Mayagüez que emita una sentencia declaratoria, una orden provisional de restricción y prohibición bajo el Artículo 13 de la Ley de Monopolios y un interdicto preliminar y permanente en contra del Municipio de Cabo Rojo y CWS por violación a la Ley 77 del 25 de junio de 1964, conocida como la Ley de Monopolios y Restricción al Comercio.

Las alegaciones de la demanda aducen sobre la pretensión de los demandados a consumar un contrato cuyo efecto es prevenir la competencia y crear un monopolio en el mercado del recogido de desperdicios sólidos y de las bolsas plásticas al obligar a los ciudadanos a adquirir las bolsas anaranjadas especializadas. Las mismas son distribuidas por CWS para que los comerciantes caborrojeños las vendan a los residentes, comerciantes y/o visitantes para disponer de la basura. Las bolsas anaranjadas no pueden ser sustituidas por ninguna otra bolsa disponible en el mercado.

La investigación de este caso continúa activa ante la OAM.