El abogado Michael Corona Muñoz, representante legal del Frente Unido de Policías Organizados (FUPO), acudió este martes al Tribunal de Primera Instancia de San Juan con un recurso de interdicto y de sentencia declaratoria solicitando que se declare inconstitucional la Ley 3 de 2013, que reformó el Sistema de Retiro del Gobierno.

El grupo, integrado por 64 policías estatales, empleados civiles de la Policía y seis empleados del Departamento de Transportación y Obras Públicas, demanda al Estado Libre Asociado de Puerto Rico, a la Policía de Puerto Rico y a Héctor M. Pesquera, en su carácter personal y oficial como jefe policiaco.

Los demandantes, quienes ingresaron antes de abril de 1990 al servicio público, exigen al Tribunal que se declare inconstitucional la Ley 3 porque los despoja de manera retroactiva de sus derechos sin un debido proceso de ley, y que se prohíba su vigencia.

En la relación de hechos se establece que los demandantes tendrían derecho en la actualidad, bajo la ley anterior, a recibir una anualidad que equivale a un 75% de su salario promedio si cumplen 30 años de servicio público y cuentan con 55 años de edad. En el caso de que cuenten con los 30 años de servicio, pero no hayan cumplido la edad requerida les correspondería un 65% del salario promedio.

Sin embargo, los demandantes no llegarán a los 30 años de servicio ni los 55 años de edad antes del 30 de junio del 2013, cuando entra en vigor la Ley 3 al siguiente día, situación que los coloca en la disyuntiva de renunciar antes de la fecha límite o en algunos casos, hasta el 31 de diciembre de este año, o mantenerse empleado en el gobierno entre 2 a 17 años más, tener unas pensiones reducidas sustancialmente y sin contar con un plan médico.

“La aplicación retroactiva de la nueva ley no solo menoscaba derechos adquiridos, sino que deja a los demandantes sin ingresos suficientes para vivir conforme a sus proyecciones, además de despojarlos de beneficios esenciales como plan médico”, lee el documento legal.

El presidente de FUPO, Diego Figueroa, anticipó que de no prevalecer en los tribunales de Primera Instancia y en el Supremo con su reclamo contra la Ley 3, acudirán al tribunal federal en San Juan con un pleito por violación de derechos civiles.

“La importancia para nosotros es la siguiente: vamos a llevar este caso gratuito, no le vamos a cobrar a nadie, vamos a llevar este caso a los socios y los que no son de FUPO. Este caso no lo vamos a dejar aquí, si finalmente el (Tribunal) Supremo no quiere respetar ni darle el valor a la Constitución. Cuando son derechos civiles se aplica la jurisdicción federal y nosotros vamos a ir hasta allá”, declaró Figueroa en entrevista con este medio.

Tres demandas solicitando que se declarara inconstitucional la ley que reformuló el Sistema de Retiro, las cuales se consolidaron y se desestimaron este lunes por la jueza Gisselle Romero García, fueron presentadas por empleados de la Oficina del Contralor, la Oficina de Administración de los Tribunales y un grupo de Policías de Puerto Rico.

El presidente de FUPO adelantó que se propone solicitar una reconsideración a la desestimación del mandamus y sentencia declaratoria de este lunes, pleito sometido el pasado 23 de abril en el Tribunal de San Juan.

“Esto está prejuzgado. El Tribunal Supremo tiene que expresarse realmente en fundamentos de la Constitución y no por lo que los bonistas quieren y que aunque Puerto Rico quede en cantos económicos con esta situación de retiro, que brille la Constitución por encima de todo. Es más fácil reconstruir a un país con una Constitución respetada que un país con una Constitución violada y ultrajada. Y nosotros esperamos que el Tribunal Supremo no le tenga miedo a eso”, afirmó Figueroa.

Otra demanda con el mismo objetivo fue presentada a nombre de 541 empleados de la Administración de Tribunales y del Fondo del Seguro del Estado (FSE), quienes anunciaron sus intenciones de solicitarle al Tribunal Supremo que reconsidere una resolución emitida el 11 de junio pasado, en la que decidió no acoger la jurisdicción en el caso en esta etapa inicial.

En su determinación del lunes, la jueza Romero García argumentó que a pesar de que la Ley 3 no caracteriza la crisis económica por la que atraviesa el país y el Sistema de Retiro de los empleados públicos como un estado de emergencia, como ocurrió bajo la Ley 7 del 2009, “el legislador sí concluyó que era necesario y razonable establecer unas medidas fiscales que permitieran la supervivencia del Sistema de Retiro y evitaran su colapso.