A petición del ministerio público, el juez Enrique Arias Maldonado, del Tribunal de San Juan, enmendó hoy en la mañana los pliegos acusatorios que pesan contra Jonathan Soto Bonilla, quien confesó a las autoridades que provocó el accidente frente al caserío El Prado en Río Piedras, donde murieron seis personas. Por consiguiente el juicio fue pautado para el 25 de junio.

Como resultado de esta acción, se reduce la pena de cárcel que podría cumplir el acusado si realiza alegación de culpabilidad por los delitos según imputados por la fiscal Jimara Gabriel Maisonet, quien estuvo acompañada en sala por la fiscal Ana María Martínez.

El joven adulto de 21 años, enfrenta seis cargos de homicidio negligente, dos cargos de lesión negligente, tres infracciones a los artículos de la Ley de Tránsito por provocar un accidente, abandonar la escena, conducir sin licencia y otro cargo por la posesión de un vehículo hurtado.

En el choque, ocurrido el 1 de febrero pasado, fallecieron Laura Vivas Rodríguez, de 73 años; su nieta Raiza Calderón García, de 21 años; y sus biznietos Laura Montalvo Calderón, de 3 años; Anthony Saldaña García, de 6; Génesis Saldaña García, de 9; y Amanda Calderón, de 10 meses de nacida.

Durante una audiencia sobre el estado de los procedimientos, las fiscales Gabriel Maisonet y Martínez solicitaron al magistrado que eliminara de los folios relacionados a los cargos de homicidio negligente la frase “bajo los efectos de sustancias controladas”, modalidad de delito que contempla una pena de cárcel fija de 15 años.

Pero con la enmienda se regresa a una modalidad de delito menor que solo imputa “con claro menosprecio por la seguridad de los demás”. Esta modalidad conlleva una pena de 8 años de cárcel.

Esta es la segunda vez que se enmiendan los pliegos acusatorios de Soto Bonilla.

 Originalmente el ministerio público imputó los cargos bajo la modalidad de “con claro menosprecio por la vida de los demás”, pero la jueza que atendió el caso a nivel de la vista para encontrar causa para arresto, enmendó los pliegos y añadió a mano la frase “bajo los efectos de sustancias controladas”, tras aquilatar la prueba presentada por el ministerio público.

Realizada la enmienda en la mañana, López Santiago informó que renunciaba a los términos para la celebración de un juicio rápido.

Por consiguiente, las fiscales y el abogado Federico López Santiago escogieron la fecha del 25 de junio próximo, para el inicio del juicio. Previo a este señalamiento, se celebrará otra vista para el estado de los procedimientos el 4 de junio.

Esposado y serio, Soto Bonilla permaneció al lado de su abogado, pero cuando las partes se acercaron al estrado para dialogar con el juez Arias Maldonado, se volteó en varias ocasiones para mirar a su hija, a su esposa y a otros familiares que se encontraban en la sala 1107.

A su salida del salón de sesiones, López Santiago alabó la decisión del ministerio público de enmendar los pliegos acusatorios y dejó la puerta abierta nuevamente para que su cliente haga una alegación de los delitos según imputados, sin que medie un acuerdo con la fiscal Gabriel Maisonet.

“Aquí desde el principio mi cliente ha tenido la intención de asumir su responsabilidad. El tranque siempre fue si hubo prueba suficiente para probar el elemento que se estaba acusando, que era algo de las sustancias controladas. Entiendo que el ministerio público ha sido muy responsable en el día de hoy. Ha tomado un paso para aumentar la credibilidad del Departamento de Justicia, en el sentido de que reconoce que no hay prueba más allá de duda razonable para probar ese elemento”, indicó el abogado.

“Eso cambia la pena, no es una agravante. Es un elemento adicional del delito de homicidio negliente. La pena estaba en 15 años ahora con el cambio es de 8 años”, agregó.

Como ha planteado desde el inicio desde este proceso, insistió en que Soto Bonilla se expone a una pena de 8 años de cárcel por todos los delitos imputados.

“El Código Penal es bien claro, si hay un concurso de delitos, que en este caso entiendo que lo hay, (los cargos) tienen que ser sentenciados concurrentemente, que es la pena mayor y la que absorbe los delitos subsiguientes”, subrayó.

Pero reconoció que esa pena podría variar con la presentación de circunstancias agravantes o atenuantes.

La fiscal Gabriel Maisonet, por su parte, se reiteró en su rechazo al análisis del abogado de la defensa.

“Entendemos que cada víctima debe ser contada”, indicó Maisonet.

Argumentó que el Código Penal vigente permite al juez o jueza la discreción para decidir imponer penas por delitos similares de forma concurrente o consecutiva.

“Vamos a pelear con uñas y dientes para que sea sentenciado por las personas que murieron y las personas que fueron lesionadas, pero la sentencia es de la juez”, apuntó la fiscal.

“Nosotros no nos allanamos a nada de que sean 8 años”, agregó.