Ocho años de sentencia suspendida cumplirá Luzdianne González Nieves tras declararse culpable de un cargo de homicidio negligente y otro de maltrato por la muerte de su hijo Edgardo Edriel González.

Parada al lado de su abogada Miriam Ortiz González, de la Sociedad para la asistencia legal, la mujer, de 25 años, escuchó a la jueza Nerisvel Durán Guzmán, del Tribunal de San Juan, sentenciarla a una probatoria de cinco años por el cargo de homicidio y tres años por el cargo de maltrato.

"Recogiendo la recomendación del informe presentencia, ambas sentencias se cumplirán de forma consecutiva para ocho años", afirmó la magistrada al aclarar que "la pena se cumplirá mediante el régimen de sentencia suspendida siendo esta la recomendación del informe".

Como parte de la sentencia, González Nieves deberá continuar con el programa de terapias sicológicas que inició y no podrá acercarse a sus tres hijos a menos que el Departamento de la Familia inicie un proceso de reunificación familiar.

Actualmente, la abuela materna tiene la custodia física de los pequeños.

 También tendrá que mantenerse trabajando o estudiando, será sometida a pruebas aleatorias para detectar consumo de alcohol y no podrá salir de su casa después de las 8:00 p.m. a menos que no sea para estudiar y trabajar, entre otras condiciones especiales.

Durante la lectura de sentencia, la jueza Durán Guzmán recalcó a González Nieves que de incumplir con alguna de estas condiciones se iniciaría un proceso de revocación de la sentencia suspendida que podría llevarla a la cárcel a cumplir la totalidad de la sentencia.

Además, instruyó a González Nieves a firmar esta tarde su sentencia y a reportarse a su oficial sociopenal para iniciar su rehabilitación y supervisión.

En agosto pasado, la madre soltera se declaró culpable de un cargo de homicidio negligente y de un cargo de maltrato a menores luego de alcanzar un acuerdo con el Ministerio Público, representado por la fiscal Germain Báez Fernández, de la Unidad Especializada de Violencia Doméstica, Maltrato de Menores y Delitos Sexuales.

Como parte del acuerdo, se rebajó el cargo de asesinato estatutario que pesaba en su contra al cargo menos grave de homicidio negligente.

El acuerdo también contempló una recomendación de ocho años de cárcel con la posibilidad de que la pena se cumpliera mediante el privilegio de la sentencia suspendida porque González Nieves no cuenta con récord criminal previo.

Según el Ministerio Público, la madre supuestamente dejó morir a su hijo, de cuatro años, de malnutrición. No obstante, en la vista preliminar trascendieron detalles que parecen sugerir que el menor no recibió el cuidado médico adecuado cuando su mamá lo llevó al hospital.

En ese proceso, surgió que el menor, quien padecía de varias condiciones médicas, pesó unas 26 libras al llegar al Hospital Pavía de Hato Rey, pero cuando se trasladó al Hospital Pediátrico de Centro Médico se le registró un peso 14 libras. Esta situación pudo haber afectado el tratamiento que recibió el niño, según el perito de la defensa Lidy López.

El médico residente Carlos Javier Ocasio López también reconoció que el tubo que le suministraba oxígeno al menor estaba fuera de lugar cuando éste arribó al Hospital Pediátrico.

Esta acción, según el propio Ocasio López, pudo haber afectado la capacidad respiratoria del niño.

Edgardo Edriel murió a causa de un fallo respiratorio en el Hospital Pediátrico.