Pero si el Tribunal Supremo federal revoca la opinión del Tribunal Supremo de Puerto Rico en el caso Pueblo v. Sánchez Valle, que el Tribunal de Apelaciones usó como base para apoyar su sentencia en el caso de Casellas Toro, dicho foro intermedio tendría que revisar su determinación. 

Hoy, durante un conversatorio con periodistas para discutir el alcance de la sentencia emitida la noche del martes por el Tribunal Apelativo, Miranda reiteró que este foro emitió una decisión "equivocada" al conceder un juicio nuevo a Casellas Toro, convicto por el crimen de Paredes Cintrón, ocurrido el 14 de julio de 2012 en la lujosa residencia de la pareja en Guaynabo.

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"El caso Sánchez Valle está circunscrito a una determinación en el área de doble exposición y dice que Puerto Rico no tiene una soberanía independiente, separada de la soberanía federal (para acusar a personas que han sido juzgadas por los mismos hechos a nivel federal) como la tienen los estados. Pero no entra en los elementos que el caso de Casellas atiende", afirmó Miranda.

Utilizando el caso de Sánchez Valle, que consignó que Puerto Rico es un territorio federal bajo la cláusula territorial del Congreso de los Estados Unidos, los jueces Olga Birriel Cardona y Luis Piñero González concluyeron que a la Isla se extendía el requisito federal de que los veredictos tienen que ser unánimes como planteó la defensa de Casellas Toro en su apelación. La decisión contó con el voto disidente de la jueza Mildred Surén Fuentes.

"Si se requiere una convicción por unanimidad. Aquel caso no entra en ese asunto. Que están usando como base el mismo argumento de la ausencia de soberanía dual es cierto, pero lo que pasa es que aún en ese caso, nuestra Constitución dispone, y ha sido validada consecuentemente, la validez de una convicción, aun cuando no haya unanimidad", puntualizó el titular de Justicia. 

Miranda y la procuradora general Margarita Mercado también se expresaron sorprendidos con la determinación del Apelativo por entender que dicho foro emitió una sentencia a destiempo, apoyándose en un caso que no es final y que actualmente se encuentra en proceso de apelación ante el Supremo federal.

Pero más allá de la consternación, Miranda apuntó que la acción del Apelativo tenía el efecto "real" de declarar inconstitucional la disposición de la Constitución que dispone que un jurado podrá rendir un veredicto por mayoría, como ocurrió en el caso de Casellas Toro, donde los juzgadores de hechos emitieron un veredicto culposo en votación de 11 a 1 la noche del 22 de enero de 2014.

"Convierte la Constitución en una Ley. Básicamente ese sería el efecto", opinó sobre efecto de la decisión. 

Como parte de su análisis, Miranda anticipó que la interpretación del Apelativo dará lugar a una avalancha de reclamos judiciales y podría dar paso a otros planteamientos como impugnar una determinación de causa para arresto porque la decisión no la emitió un gran jurado, entre otros reclamos.

"Todos aquellos convictos que sus sentencias están en un proceso de apelación y todos los que tengan un juicio pendiente en este momento podrían hacer el planteamiento. Los convictos (podrían) solicitar nuevo juicio y los que están en juicio (podrían) pedirle al tribunal que imparta instrucciones de que el veredicto sea unánime", estimó Sergio Rubio, uno de los fiscales del caso de Casellas Toro.

Aunque no pudo precisar la cantidad de reclamos, dijo que podían ser cientos de casos.

Agotarán todos los recursos 

La Procuradora General señaló que pondera pedir una reconsideración al Apelativo y que posteriormente no descarta acudir al Tribunal Supremo.

"La determinación vamos a pedir que se revoque. No hay duda de eso", afirmó Mercado. 

"Habría que emitir una orden, pero entenderíamos que está obligado el Tribunal (de Apelaciones) a hacerlo (a revisar su sentencia)", agregó sobre el curso a seguir, si el Tribunal Supremo federal revoca el caso de Sánchez Valle, cuya vista oral está pautada para el 13 de enero de 2016.

Mercado recordó que la defensa de Casellas Toro había planteado en varias instancias el asunto de la unanimidad del jurado y que en esas ocasiones, incluyendo una petición al Supremo, se había rechazado el argumento.

Además, señaló que otros paneles del Apelativo habían atendido la misma controversia y habían denegado de plano esas dos peticiones.

"La decisión va en contra de los precedentes del Tribunal Supremo federal, que ha dicho que la unanimidad no es un derecho fundamental y, por ende, ese derecho solo aplica en el ámbito federal y no aplica a los estados y a Puerto Rico", insistió.

No se cuestiona la culpabilidad 

La fiscal Janet Parra, otra de las fiscales del caso Casellas Toro, subrayó que la sentencia del Apelativo se limitó a un asunto técnico, pero que no impugnó la culpabilidad del hijo del juez federal.

"Aquí no se ha tocado asunto alguno sobre esa culpabilidad. La prueba que se pasó ante esos 12 hombres y mujeres del jurado fue una prueba contundente, fue una determinación más allá de duda razonable. Y aquí no se ha entrado a cuestionar asunto alguno sobre esa culpabilidad", puntualizó.

Aquí solo se está hablando de determinación de 12 a 0, pero no se cuestiona de forma alguna la prueba que se pasó, ni se está cuestionado la culpabilidad de Pablo José Casellas Toro", abundó.

Parra también observó que la noticia de la sentencia trascendió en el Día de la No Violencia Contra la Mujer y el día del cumpleaños de Aracelis Paredes, madre de Carmen Paredes.

Como sus pares censuró las palabras del abogado Harry Padilla Martínez, quien afirmó que la sentencia era un regalo de Acción de Gracias al Pueblo de Puerto Rico porque ampliaba derechos ciudadanos.

"Al pueblo de Puerto Rico se le regala paz y justicia y en esta determinación del TA no hay justicia para el pueblo de Puerto Rico", señaló en tono vehemente.