El juez federal Francisco Besosa ordenó la excarcelación del ex senador Héctor Martínez y el empresario Juan Bravo, recluidos en prisiones en Estados Unidos, luego de que el Primer Circuito de Apelaciones de Boston les concediera permanecer en libertad pendiente a la apelación de su sentencia.

Un panel de jueces del Circuito devolvió el caso a la corte de distrito de Puerto Rico, para que el juez Besosa celebre una vista para la imposición de las condiciones para permanecer en libertad.

El juez expuso en su orden que los acusados deben regresar por su propia cuenta a Puerto Rico tan pronto como sea posible, tras su liberación.

Con su orden, el Primer Circuito abrió la ventana para la celebración de un nuevo juicio contra Martínez y Bravo, antiguo dueño de la compañía de seguridad Ranger American.

Los jueces levantaron cuestionamientos que “lo más probable” pudieran culminar en otro proceso judicial.

Martínez y Bravo fueron sentenciados el pasado 1 de marzo a cuatro años de prisión y tres de libertad supervisada por cargos de corrupción relacionados con un viaje que tomaron a Las Vegas para ver una pelea entre Félix “Tito” Trinidad y Winky Wright. Bravo supuestamente le pagó el viaje a Martínez para que impulsara dos proyectos de ley que beneficiaban a Ranger American, aunque los mismos no fueron aprobados.

El día de la sentencia, el juez federal rechazó una solicitud de la defensa para otorgar una fianza hasta que culmine su proceso de apelación. Pero el foro apelativo dio a entender que Besosa pudo haber cometido varios errores, específicamente con las instrucciones que impartió en torno a los cargos fundamentales que se radicaron contra los acusados, robo o soborno con relación a programas que reciben fondos federales (18 U.S.C. 666).

Durante el juicio, los federales justificaron su jurisdicción basándose, en parte, en fondos federales que recibía un cuido de niños del Senado a través de Educación, aunque los hechos de los presuntos actos criminales se centraron en el polémico viaje a la pelea de boxeo.

“Nos referimos específicamente a errores potenciales en las instrucciones de la Corte relacionadas con cargos de robo o soborno (18 U.S.C 666), que no observaron la importante distinción entre un soborno y un obsequio ilegal”, dice parte de la orden que objeta declaraciones de la fiscalía en sus argumentos finales y las justificaciones para un cargo de conspiración que se radicó contra el empresario.