Un panel del Tribunal de Apelaciones ordenó hoy la excarcelación de un hombre sordomudo que llevaba preso más de un mes a pesar de que no se le brindó el acomodo razonable cuando se le procesó criminalmente.

El panel determinó que debían desestimarse los cargos contra Carlos Almodóvar Negrón de 56 años y, por ende, el Estado no podía mantenerlo encarcelado.

Los abogados de la Sociedad para la Asistencia Legal indicaron que Carlos no escucha, ni entiende lenguaje de señas. Sólo puede leer los labios cuando se le habla de frente y de forma pausada. Alegadamente durante el proceso para determinar causa para su arresto en el Tribunal de Primera Instancia de Mayagúez las personas que declararon en su contra lo hicieron mirando al juez y de espaldas al imputado quien no entendió lo que sucedía y no pudo ayudar en su defensa.

“Vamos a emitir la orden excarcelación”, solicitada a través de un recurso de habeas corpus, dijo el juez Félix Figueroa Cabán, quien preside el panel compuesto además por Olga Birriel Cardona y Laura Ortiz Flores.

El subprocurador de Justicia Isaías Sánchez alegó que el tribunal debía hacer un justo balance entre los intereses de todas las partes, toda vez que las denuncias contra Carlos son por violencia doméstica y estaba en riesgo la seguridad de la víctima.

Sánchez leyó una cita, que se recoge de la denuncia, en la que Carlos le habría dicho a su pareja “nos vamos a ir juntos, yo te mato a ti y luego me mato yo”.  La defensa de Carlos alegaba que nunca se pudo contrainterrogar a la querellante.

Por su parte, José Luis Soler Fernández, abogado de la SAL, dijo que durante el proceso a Carlos se le excarceló por error y durante tres semanas estuvo en libertad sin acercase a la querellante, que mantiene una orden de protección vigente.

Otro de los abogados de la SAL, Juan Troche Villeneuve, indicó que si se desestiman los cargos no es posible colocarle un grillete electrónico. Para eso la fiscalía tendría que volver a presentar las denuncias y darle las herramientas a Carlos para que entienda el proceso, no sin antes llevar a cabo una vista pericial en la que un experto en la materia evalúe la condición del hombre y determine si necesita algún equipo que lo pueda ayudar a entender el proceso. Eso fue lo que ordenó el Tribunal de Apelaciones sin que se cumpliera.

A su salida de sala el subprocurador declinó ofrecer comentarios sobre la decisión.

Además queda pendiente ante el Tribunal Supremo una moción de auxilio de jurisdicción en la que el subprocurador solicita que el máximo foro revise la orden del Tribunal de Apelaciones.

Troche Villeneuve dijo que en lo que va de año la SAL ha tenido 30 casos de personas sordas imputadas de delito, lo que hace patente que el personal de la Rama Judicial se adiestre en el manejo adecuado y sensible de esta población.