Un viequense que aceptó haber cometido una violación técnica contra una menor de 14 años de edad fue sentenciado a cuatro años y nueve meses de prisión durante una vista de sentencia en que se sopesaron varios factores relacionados con los problemas de aprendizaje del acusado, entre otros asuntos que giraban en torno a los delitos imputados por la Fiscalía Federal.

El juez federal Gustavo Gelpí no aceptó el acuerdo de culpabilidad firmado entre las partes, al subrayar que el caso ante su consideración se alejaba de la norma por las discapacidades del acusado, Jorge Mercado Flores. El togado también subrayó que las autoridades modificaron el delito imputado al reconocer los problemas de aprendizaje del viequense.

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“La opinión de esta corte es que este es un caso atípico.  Durante los pasados nueve años he podido rechazar tres o cuatro acuerdos y tendré que hacer lo mismo durante esta vista de sentencia”, sostuvo el juez.

La sentencia de 57 meses de cárcel es distinta a lo que el acuerdo sugería, una pena de 71 meses a 87 meses de cárcel, luego que el cargo original sometido contra Mercado Flores se modificara de transportación de una menor para fines sexuales a transportación de un adulto para el mismo propósito. 

Durante el proceso de negociación entre las partes, la Fiscalía Federal aceptó realizar el cambio al tomar en cuenta los problemas de aprendizaje del acusado, quienes fueron certificados por un perito que ha sido utilizado tanto por el Gobierno como por los abogados de defensa. 

Pero la Fiscalía Federal peleó cualquier pena menor a la sugerida en el acuerdo al sostener que el acusado podía distinguir entre el bien y el mal, al igual que los derechos que protegen a los menores de edad contra una agresión sexual por parte de un adulto.

“Este es un crimen muy serio. Este individuo tiene limitaciones mentales, pero él sí puede diferenciar entre el bien y el mal. Él sabía lo que hacía y el Gobierno plantea que el acuerdo de culpabilidad tomó estos asuntos en consideración”, indicó la fiscal Julia Meconiates, sobre el acuerdo que alcanzó con los abogados de defensa Luis Lugo Emanuelli y Johnny Rivera González.

El informe de probatoria subrayó los problemas de aprendizaje del imputado y la naturaleza de la relación entre el victimario y la menor. Las autoridades federales asumieron jurisdicción en el caso bajo un estatuto que permite el procesamiento federal contra un ciudadano que transporta a una víctima dentro de los límites territoriales de Puerto Rico y el Distrito de Columbia. En los estados, sin embargo, los federales sólo pueden aplicar el delito si media una transportación entre los estados.