El Ministerio Público solicitó hoy, jueves, la descalificación de los abogados que representan a Miguel Bellber Sánchez, supervisor de la Autoridad de Energía Eléctrica (AEE), acusado de cargos de homicidio negligente y de lesión negligente por la explosión ocurrida el año pasado en un generador de la Central de San Juan.

Bellber Sánchez enfrenta dos cargos de homicidio negligente, por las muertes de Sergio Hernández y de Luis Rivera, y dos cargos de lesión negligente por las heridas que recibieron Luis Sánchez y Juan Rodríguez durante el accidente ocurrido el 13 de julio de 2014.

La petición de inhibición ocurrió durante una vista sobre el estado de los procedimientos celebrada ante la jueza Nerisvel Durán Guzmán, del Tribunal de San Juan.

Luego de detallar la evidencia que entregó a la defensa como parte del descubrimiento de prueba, la fiscal Bárbara Cruz Muñiz, de la División de Integridad Pública del Departamento de Justicia, informó que durante la mañana había presentado una moción para excluir a los abogados Jorge Gordon Menéndez y José Armando García Rodríguez del proceso judicial, así como al licenciado Alexis Álvarez del Valle, quien representó al acusado en la vista para encontrar causa para arresto.

Fuera de sala, la fiscal Cruz Muñiz explicó a este medio que presentó la moción de descalificación de los tres abogados ante un posible conflicto de interés.

"Estamos solicitando la descalificación del licenciado José Armando García Rodríguez ya que fue abogado en un proceso administrativo de un gerencial que es Frederick Flores y Frederick Flores es testigo del Ministerio Público desde la Regla 6", destacó.

Apuntó que la jurisprudencia vigente establece que "hay una presunción de que la información confidencial de un cliente no la puedes poner en contra de los intereses de otro cliente".

Señaló también que la petición de descalificación de Gordon Menéndez y de Álvarez del Valle ocurre porque los abogados pudieron haber compartido entre ellos información de privilegio.

El 10 de agosto pasado, el licenciado Gordon Menéndez cuestionó que el proceso iniciara a nivel de juicio sin pasar por la lectura de acusación, un trámite formal para que el acusado sea informado sobre la naturaleza de los delitos que se le imputan.

En los casos donde se imputan delitos agraves, se celebra una vista de lectura de acusación luego de la determinación de causa para juicio. Sin embargo, cuando los cargos son de naturaleza menos graves y pasan directamente a juicio -como ocurrió en este caso- no se señala una vista formal para el trámite de la lectura de la denuncia.

Ante los planteamientos de la fiscal, la jueza concedió tiempo a los abogados Gordon Menéndez y García Rodríguez para evaluar si el contenido de la evidencia recibida cumplía con su moción al amparo de la Regla 95 de Procedimiento Criminal y para replicar a las mociones presentadas esta mañana.

Entonces señaló otra vista sobre el estado de los procedimientos para el 6 de octubre. Ese día se discutirán ambas mociones. 

En torno a la segunda moción sobre la lectura de la denuncia, la fiscal dijo a la prensa que la posición del Ministerio Público es que este trámite se realiza justo antes de iniciar el juicio y no previo al descubrimiento de prueba como ocurre en los delitos de naturaleza grave.

"La posición del Ministerio Público es que el día en que va a empezar el juicio ese día se hace una lectura de denuncia y a esta denuncia ellos han tenido acceso desde el 10 de julio día de la vista de la Regla 6 (causa para arresto) y que se va a hacer una lectura de denuncia, no de acusación, porque son delitos menos graves con pena de grave", afirmó.

El licenciado García Rodríguez, por su parte, rechazó el planteamiento de conflicto de interés, pero insistió en que compete al tribunal adjudicar la controversia.

"La alegación surge porque somos abogados de la Asociación de Gerenciales y podría haber algún conflicto si algunos de los testigos es parte de la Asociación. A Frederick Flores lo representamos en un asunto administrativo de naturaleza laboral, no en procedimiento disciplinario", explicó. 

El Ministerio Público imputa a Bellber Sánchez actuar de forma negligente en la supervisión de los trabajos de mantenimiento que llevaban a cabo los cuatro empleados de la corporación pública en la central.

Según la investigación de la División de Integridad Pública, Bellber Sánchez, quien fungía como supervisor de conservación senior en la sección de turbinas y auxiliares de la Central de San Juan de la Autoridad, permitió a los empleados continuar con los trabajos de mantenimiento dentro del generador tras evaluar, leer e interpretar erróneamente un equipo de detector de gases.

Esa acción, de acuerdo a la pesquisa, provocó que se insertara aire en presencia de hidrógeno dentro del generador, creando una atmosfera volátil y que al realizarse las labores en ese espacio generó una chispa que desembocó en la explosión.