El juez federal José A. Fusté denegó la solicitud del municipio de Ponce para que entreguen fondos federales Ryan White correspondientes al año fiscal 2014, pero lo favoreció al determinar que la delimitación geográfica de la región que las agencias federales usaron para asignar los fondos es ilegal.

La alcaldesa María "Mayita" Meléndez se mostró satisfecha porque "la delimitación geográfica de la región sur para contabilizar los casos de VIH/Sida a cambios de servicios era injusta y lo demostramos en el tribunal".

“Recibimos con mucha satisfacción el análisis que hizo el juez Fusté sobre las determinaciones claramente injusticas que varias agencias federales han seguido históricamente al establecer la delimitación geográfica de la región sur para contabilizar los casos de VIH/Sida. El juez acogió nuestros planteamientos sobre la ilegalidad de dichas demarcaciones, y la realidad de que otros municipios cercanos debían ser incluidos para poder establecer la realidad de los casos que afectan nuestra región. Estamos conscientes sobre la decisión de que no se asignen fondos para este año fiscal y estamos buscando alternativas sobre ese punto con nuestros abogados”, señaló Meléndez en declaraciones escritas.

El municipio radicó una demanda federal el 24 de junio pasado contra el Departamento de Salud Federal, la Administración federal de Servicios de Salud y la Oficina Federal de Gerencia y Presupuesto por la demarcación geográfica errónea que fijaron para calcular la cantidad de pacientes con VIH/Sida en Ponce y pueblos de la región sur.

La alcaldesa sostenía que se debían agregar a la región de Ponce los municipios de Adjuntas, Santa Isabel y Coamo, que también reciben servicios en Ponce, y así aumentaba la cantidad de pacientes mínimo para poder recibir los fondos, que suman $3,592,335 anuales.

En la orden emitida por Fusté, el juez concluyó que es ilegal la delimitación geográfica trazada por las agencias federales, ya que no demostraron en qué se basan para determinar cuáles municipios deben integrar la región y por qué.

“El Departamento de Salud federal tenía una obligación de demostrar un ejercicio razonable de toma de decisiones deliberativas. Encontramos que el Departamento abdicó esa responsabilidad y que la demarcación no explicada, no identificada y no disponible de la demarcación geográfica de 1994, no puede sobrevivir una revisión sobre arbitrariedad y capricho. Por lo tanto, esos límites geográficos son ilegales y se dejan sin efecto para la región de Ponce”, indicó Fusté en su decisión.

 El juez también aclaró que resultaba académica la petición para la asignación de fondos, porque se entregaron en marzo entre otras jurisdicciones, pero que eso no le impedía examinar la ilegalidad de la demarcación territorial que han aplicado las agencias.

“Puerto Rico, debido a su distancia geográfica de Estados Unidos y su falta de representación congresional completa como territorio, es frecuentemente objeto de decisiones arbitrarias basadas en la falta de conocimiento sobre las condiciones locales. No podemos decir que es intencional. Es simplemente que para las agencias burocráticas, Puerto Rico no está en la pantalla del radar. La falta de conocimiento personal sobre Puerto Rico crea la absurda realidad de que San Juan como región pueda básicamente absorber a Ponce. Para quienes no están familiarizados con Puerto Rico, un viaje de tres horas bajo las condiciones de tráfico locales puede verse como una distancia corta, las delimitaciones geográficas locales son ignoradas, y una mortandad de VIH cuatro veces más alta que la tasa nacional nunca es atendida”, agregó el juez en su decisión.