La jueza superior Isabel Llompart Zeno denegó esta tarde una solicitud de desestimación de los cargos menos graves por exposiciones deshonestas que pesan en contra de tres jóvenes que hicieron desnudos en la Plaza de Armas en el Viejo San Juan amparados en que se trataba de una expresión artística. 

Llompart, jueza administradora del Centro Judicial de San Juan, no dio paso a la solicitud de los acusados Stephanie Monserrate López, Héctor Cruz Cruz y Seil Román Ortiz, quienes están pendiente de juicio por los delitos menos graves que se les imputan.

“No puedo concluir que la conducta de ellos (los acusados) estaba protegida (por el derecho a la libertad de expresión) porque no tengo esa prueba”, dijo Llompart tras escuchar los argumentos de las partes.

La magistrado indicó que desconoce la evidencia que aquilató la jueza Leilani Torres Roca en la vista en la que determinó causa para el arresto de los tres imputados. Añadió que en la vista de causa para arresto sólo declaró un testigo, el inspector de la Policía Municipal de San Juan, Edwin Negrón Pedroza. “No puedo tomar una decisión en el vacío”, sostuvo la jueza, quien adelantó el fallo en corte abierta, pero dijo que lo enviará por escrito posteriormente a las partes en el caso.

Llompart tampoco dio paso a los alegatos de la defensa de los acusados de que se les había violado el debido proceso de ley porque no se les ha entregado copia de las declaraciones juradas de los testigos.

Los hechos ocurrieron el pasado mes de mayo cuando los acusados se desnudaron en la plaza pública mientras estudiantes de la Escuela de Artes Plásticas los dibujaban.

Los acusados están representados por los abogados Adriana Godreau, Gamelyn Eduardo, Guillermo Rebollo, Luis Javier Jiménez y Alex Rosa.

Los abogados plantearon en la vista que “la expresión artística” de los acusados está protegida por la libertad de expresión y que el artículo 136 de exposiciones deshonestas es muy amplio. “Podría censurar actividades artísticas o incluso la mera acción de una madre de cambiar un pañal a un niño”, dijo la licenciada Godreau.

La fiscal, Jimara Gabrielle refutó los alegatos de la defensa al indicar que la conducta que sanciona el delito es la intencional.

 “No es cualquier exposición, es la exposición intencional de una parte íntima del cuerpo en cualquier lugar donde esté una persona que pudiera ofenderse”, sostuvo Gabrielle para agregar que lo que pretende proteger el artículo del Código Penal “es el pudor de la comunidad, la sensibilidad del público”.

En torno al argumento de que se trató de una expresión artística, la fiscal dijo que “estas son cosas para dirimir en el juicio”.

Rechazó que se les haya violado el debido proceso de ley a los acusados porque dijo que en la vista de causa para arresto sólo declaró el inspector Negrón y los abogados “ejercieron su derecho a contrainterrogarlo”.

Las partes en el caso comparecieron posteriormente ante el juez superior Enrique Arias, quien presidirá el juicio. Arias señaló una vista con antelación al juicio para el próximo 14 de agosto y dejó en suspenso la fecha de juicio porque la defensa aguardará por la determinación escrita de la jueza Llompart para decidir si pide una reconsideración o si recurre al Tribunal de Apelaciones.