La Legislación que crearía una ley especial para atender a víctimas de agresión sexual y actos lascivos mediante el mecanismo de órdenes de protección recibió hoy, viernes, apoyo condicionado del Departamento de Justicia, pero fue objetada por la Sociedad de Asistencia Legal (SAL).

Ambas entidades, al igual que la Administración de los Tribunales, coincidieron, sin embargo, en que lo que propone esta medida está cubierto ya por la legislación vigente, tanto en la Ley contra el Acecho como en la Ley 54 de violencia doméstica y de género.

“Consideramos que, ante situaciones constitutivas de agresión sexual, la normativa vigente en nuestro ordenamiento legal es bastante restrictiva y provee la protección adecuada a las víctimas cuando se somete una denuncia o acusación contra el agresor”, sostiene la directora Administrativa de los Tribunales, Sonia Ivette Vélez, en ponencia escrita que sometió la agencia ante la Comisión de los Jurídico de la Cámara de Representantes.

Una posición similar presentó la SAL al señalar que “resulta razonable colegir que las víctimas de delitos sexuales cuentan con protección adecuada bajo el ordenamiento jurídico vigente”.

El proyecto de ley fue objeto además de varios señalamientos y propuestas de enmiendas para, entre otras cosas, armonizarla con la legislación vigente que atiende estos casos y otros relacionados.

Las críticas más severas las ofreció la SAL al cuestionar, por un lado, que se recurra nuevamente a la pena como disuasivo al comportamiento delictivo. “Como es de conocimiento de esta honorable comisión, la Sociedad de Asistencia Legal reiteradamente ha denunciado que la pena, como disuasivo del comportamiento delictivo, ha resultado en el fracaso del sistema penal”, dice la ponencia que presentó la entidad.

Cuestionan además la efectividad de las órdenes de protección al recordar que las mismas “no son un escudo contra el comportamiento constitutivo de violencia doméstica”.