El Tribunal Supremo de Puerto Rico declaró no ha lugar la petición de la Cámara de Mercadeo, Industria y Distribución de Alimentos (MIDA) para que interviniera en su impugnación de la llamada “patente nacional”, informó este miércoles la secretaria de Hacienda, Melba Acosta.

Según la comunicación de la Secretaria, la Resolución del Supremo se emitió el pasado viernes y en ella no se le da paso a la petición de MIDA, que solicitaba una certificación intrajurisdiccional y vista oral en el caso resuelto el 31 de diciembre de 2013 por el Tribunal de Primera Instancia referente a la Patente Nacional.

“Es importante destacar que los ingresos de la patente nacional, que sólo aplica a empresas con ingresos brutos de más de 1 millón de dólares, representan unos $500 millones incluidos del presupuesto vigente. Con esta acción judicial confiamos en que los contribuyentes sujetos al pago de la patente nacional cumplan con su obligación oportunamente. Todos tenemos que cumplir con la ley.”, declaró Acosta al hacer el anuncio.

MIDA sostiene que la patente nacional no es una contribución como cualquier otra, sino que constituye un sobrecargo que incluso puede gravar la totalidad de las ganancias de una empresa, además de capital o propiedades preexistentes.

Los representantes legales de MIDA plantean que los miembros de esa organización son negocios que pueden tener un volumen alto en ventas, pero un escaso margen de ganancias, lo que, según alegan, agrava la situación de este sector y lo coloca en una posición más vulnerable con relación a la implantación de la patente nacional.