El Tribunal Supremo de Puerto Rico se rehusó a reconsiderar  el pedido de una pareja del mismo sexo para adoptar legalmente la hija biológica de una de ellas por supuestamente haberse presentado fuera del término jurisdiccional de 10 días.

“Yo creo que están equivocados… creo que están utilizando el argumento de que no se envió la moción supuestamente dentro del término de los 10 días. Es equivocado el planteamiento. Es una decisión insensible”, expresó Carmen Milagros Vélez, madre biológica de la menor  en entrevista con Primera Hora.

Según se desprende de la determinación del máximo foro judicial en Puerto Rico, los jueces asociados Rafael Martínez Torres y Roberto Filiberti Cintrón, así como Edgardo Rivera García y Erick Kolthoff Caraballo estuvieron conformes con la conclusión.

“En vez de gastar tinta y tiempo en tratar de convencernos de que la Constitución dice lo que no dice, sería prudente y más provechoso para su nueva postura que el Estado dirigiera sus esfuerzos a enmendar la ley”, opinó Filiberti Cintrón.

Las  jueces asociadas Liana Fiol Matta y  Luis Estrella Martínez, por su parte,  emitieron un voto de reconsideración, mientras que  el presidente  del cuerpo judicial, Federico Hernández Dentón,  y Anabelle Rodríguez Rodríguez emitieron un voto particular disidente.

“Lamentablemente, por el escaso margen de un voto, este Tribunal desaprovecha la oportunidad de corregir una postura que es contraria al principio de igualdad por el escaso margen de garantizado en nuestra Constitución”, manifestó Hernández Dentón.

“Lo Tribunal deja desprotegida a una menor que seguirá viviendo con sus dos madres, independientemente del juicio moral que cinco directamente hace de su familia. Los tres seres humanos que comparecieron ante este Tribunal en búsqueda del remedio les mínimo, sensibilidad, respeto y consideración de parte de cada uno de los integrantes de esta Curia. Peor es que, fuera del escenario judicial, de los nueve jueces de esta Curia indirecta garantiza nuestra Constitución merecen”, agregó.

El pasado mes, la pareja, compuesta por Ángeles Acosta y  Vélez, quien funge como profesora en la Escuela de Salud Pública del Recinto de Ciencias Médicas de la Universidad de Puerto Rico (UPR), llegaron juntas al Tribunal Supremo para entregar la moción de reconsideración.

En febrero, el Supremo, en una decisión en votación de cinco a cuatro, determinó que Acosta no puede adoptar a la hija biológica de Vélez sin que esta última pierda su vínculo jurídico con la niña, algo que sí se puede hacer en múltiples jurisdicciones de Estados Unidos.