La jueza superior Iris Cancio González declaró inconstitucional parte de la ley sobre las escuelas chárters y los vales educativos propuestos por el gobernador Ricardo Rosselló Nevares y el Departamento de Educación.

Según las conclusiones en derecho, la togada destacó que no podrán ser otorgadas las escuelas públicas a organizaciones sin fines de lucro u cualquier otra agencia no gubernamental; solo a la Universidad de Puerto Rico o los municipios.

“Se ordena al Estado Libre Asociado de Puerto Rico y los demás demandados a cesar sus intentos de poner en vigor las disposiciones declaradas inconstitucionales”, reza la sentencia.

El artículo inconstitucional de la “Ley de Reforma Educativa de Puerto Rico” es el 13.05(a)(4)(5)(6)(7)(8)(9).

Relacionadas

Asimismo, declaró inconstitucional que el gobierno otorgue vales educativos para el “acceso a escuelas privadas por estudiantes de escuelas públicas” como establece el Artículo 14.02(c).

Y es que la Constitución establece que “no se utilizará propiedad ni fondos públicos para el sostenimiento de escuelas o instituciones educativas que no sean las del Estado”.

Sin embargo, la jueza especificó que sí se podrá crear escuelas alianza con la Universidad de Puerto Rico y los municipios.

“Pese a nuestra determinación, el Gobierno de Puerto Rico aún queda facultado para crear Escuelas Alianza con municipio y la universidad del Estado”, determinó la jueza.

Además, “podrá otorgar certificados del programa de Libre Selección de Escuelas a estudiantes de instituciones privadas o públicas que busquen formar parte del sistema de enseñanza pública”.

Cancio González fue crítica del gobierno al establecer que este conflicto ya se dilucidó en los tribunales hace más de 15 años y resaltó la ineficiencia de crear un sistema educativo de calidad.

“Parece que nada se ha avanzado en remediar los males que limitan el pleno desarrollo de la persona mediante la educación pública, tal cual aspira nuestra Constitución. El Estado no puede desistir en aspirar a un sistema de instrucción pública sobresaliente, según requerido en nuestra Carta Magna. Sin embargo, las políticas públicas del Estado deben ser compatibles con la Constitución, ya que esta no se pone en pausa para hacer ensayos”, expuso.