El Tribunal Supremo decidió este martes, que Ana Cacho no podrá ver a sus hijas, revocando así una determinación del Tribunal de Apelaciones que le concedía a la mujer visitas supervisadas.

Asimismo, el alto foro señaló que la custodia provisional de las dos menores continuará sobre el padre, Ahmed Alí González.

Mediante sentencia, el máximo foro ordenó al Tribunal de Primera Instancia que celebre una vista para evaluar si procede conceder relaciones materno-filiales y para dilucidar si el Departamento de la Familia puede ser relevado de su deber de llevar a cabo esfuerzos para reunificar a la madre con las menores.

Además, ordenó la actualización de los informes sicológicos preparados sobre las menores y Ana Cacho.

La sentencia contó con el aval de todos los jueces del Supremo, excepto el juez Roberto Feliberti, quien no intervino.

El juez presidente Federico Hernández Denton emitió una Opinión de Conformidad en la cual expresó que, en casos de maltrato o negligencia de menores, el Estado debe probar sus alegaciones mediante prueba clara, robusta y convincente, un estándar probatorio más riguroso que el aplicable a casos ordinarios.

Ello por tratarse de una intervención gubernamental con derechos fundamentales de los padres.

La jueza Anabelle Rodríguez, quien también emitió una Opinión de Conformidad, no estuvo de acuerdo con que se aplique dicho estándar.

Ana Cacho figura como sospechosa del asesinato de su hijo, Lorenzo, reportado en el 2010.

A partir de ese momento se le ha impedido ver a sus dos hijas, pese a no haber sido acusada formalmente del crimen.