El juez federal José A. Fusté destacó que "no es un secreto" que la calidad de educación en las escuelas públicas en Puerto Rico es "deficiente, incompleta, vergonzosa, negligente, lamentable y no honorable", para dar paso a una orden de interdicto preliminar en el caso de una estudiante de educación especial para que el Departamento de Educación cumpla con sus necesidades educativas y de nutrición, so pena de desacato.

En la orden de 31 páginas del juez federal, recordó que la madre de la niña identificada por sus siglas ECC, Ivis Colón Vázquez, presentó una demanda federal en contra del Departamento de Educación el 25 de agosto pasado para que se cumpliera con una orden administrativa del 24 de junio en relación a su hija, quien sufre problemas de audición, visión, diabetes, un soplo en el corazón y ADHD por tener síndrome de Down. La orden disponía que se le nombrara un maestro recurso de educación especial para el comienzo de clases en agosto; que se le proveyera tiempo compensatorio y se hiciera un Programa Educativo Individualizado (PEI) de la menor; se le reembolsara por los gastos de transportación no provistos y se cumpliera con los requisitos de nutrición de la estudiante de quinto grado de la escuela Dr. Hiram González, en Bayamón.

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"El sistema le ha fallado a ECC. Una y otra vez, sus necesidades se han perdido en la burocracia. Aun cuando oficiales de la escuela bien intencionados buscan asistencia del Departamento de Educación, sus solicitudes caen en oídos sordos. Sin la intervención de esta corte, es aparente que nada cambiaría para ECC", lamentó Fusté, quien recordó que llevó a cabo vistas sobre este caso el 9 y 10 del mes en curso.

El juez concedió el interdicto preliminar, y le dio a la agencia 15 días para coordinar una reunión de equipo para preparar el PEI de la estudiante. Indicó que se le deberá notificar a su madre por escrito con 10 días de anticipación. De no poder cumplir con el término, deberán informarlo a la corte. Ordenó determinar la cantidad que se le debe a la demandante en gastos de transportación y se le pague en o antes de 15 días calendario.

Para asegurar el cumplimiento de la dieta que debe seguir la menor, la nutricionista de Educación deberá visitar el comedor escolar al menos tres veces al mes sin avisar y rendir un informe de cada visita que deberá ser sometido ante el tribunal.

Destacó que esta orden debe ser emitida a la directora del plantel, Neuris Contreras, al personal de la región educativa de Bayamón y al propio secretario de Educación, Rafael Román.

"De no cumplir con esta orden, cualquier persona o personas que incumplan podrían ir a una vista en su contra por desacato civil o criminal, incluyendo encarcelamiento y otros remedios disponibles de la corte", advirtió el juez.

"Ahora, con la intervención de la corte, el Departamento de Educación no tendrá otra alternativa que cumplir con su responsabilidad de décadas para los niños de Puerto Rico. Quizá, solamente quizá, este sea la última vez que sea necesario que la corte intervenga en el caso de ECC. Quizás el Departamento de Educación sienta vergüenza de su conducta como siente esta corte y busque remedio que beneficie no solo a ECC, pero a todos los que estén pasando por situación similares en nuestro sistema escolar. Quizá el futuro de los estudiantes de Puerto Rico sea tan brillante como el que podría recibir ECC, tristemente solamente a través de litigación en los tribunales", agregó.

Fusté opinó que es "evidente" que el Departamento "a sabiendas y voluntariamente" denegó a ECC una educación apropiada, como cuando ni siquiera notificó a la directora escolar que Colón Vázquez radicó una querella administrativa en mayo pasado, y se enteró cuando bajó la orden del juez administrador a finales de junio.

"En este caso, con hechos simples, es un grito de ayuda para que se tome acción que nos hacen pensar: ¿Cómo es posible que problemas inaceptables en la educación especial pública no se hayan terminado luego de 34 años de litigación estatal por el caso de Rosa Lydia Vélez contra el Departamento de Educación?", lee la orden de Fusté, refiriéndose al caso de la estudiante de educación especial que solicitaba se proveyeran los servicios educativos y estuvo más de 30 años en los tribunales.

"Treinta y cuatro años de intercambio de papeles y de excusas. Treinta y cuatro años de ineficiencia y mediocridad donde la víctima es un menor que sus padres no pueden pagar educación privada... Treinta y cuatro años pasándose la papa caliente convencen a la corte que no hay multa, demanda, instrucción, orden, requisito o acuerdo que trabaje como remedio. Solamente la intervención de la corte, con su poder de desacato, aparenta ser suficientemente fuerte para asegurar que el daño que se le ha hecho a ECC termine", indicó el juez federal.