El expolicía William Rodríguez permanecerá preso luego que el Tribunal Supremo paralizó los procedimientos a nivel del tribunal de primera instancia y aceptó intervenir en la controversia "para resolver lo que proceda en derecho".

La Oficina de la Procuradora General acudió al máximo foro judicial para revertir una resolución de juicio nuevo que el juez Enrique Arias Maldonado concedió a Rodríguez, luego que un jurado lo encontró culpable de violar a una estudiante estadounidense que se encontraba en la Isla participando en un internado.

La información sobre la intervención de la curia trascendió esta mañana durante una vista que se celebró en la sala de la jueza Nerisvel Durán Guzmán, del Tribunal de San Juan, para atender dos mociones de los abogados Eduardo Otero Ortiz y Juan Albino González: una de "Habeas Corpus", que pedía la excarcelación del hombre y otra de desestimación de cargos presentados en su contra.

Debido a la paralización, la jueza Durán Guzmán no atendió las mociones de los abogados defensores por falta de jurisdicción y señaló una vista sobre el estado de los procedimientos para el 2 de junio.

Con esta acción del máximo foro judicial del país, este caso continúa su tránsito algo inusitado por el sistema judicial.

La defensa de Rodríguez había solicitado previamente la excarcelación del expolicía argumentado que su cliente lleva más de 200 días preso y todavía no se ha honrado su derecho a un juicio rápido.

La Constitución de Puerto Rico establece que ninguna persona podrá permanecer encarcelada más de seis meses, o 180 días, sin ser llevada a juicio.

Los abogados apoyan este argumento señalando que una vez se concedió la petición de nuevo juicio, en mayo pasado, quedó anulada su convicción por un cargo de agresión sexual.

La jueza Durán Guzmán, sin embargo, no ha atendido las mociones de excarcelación presentadas por la defensa insistiendo en que no tenía jurisdicción sobre el caso, puesto que el Ministerio Público, representado por la fiscal Germaine Báez Fernández, y por conducto de la Oficina de la Procuradora, había acudido al Tribunal de Apelaciones para intentar revertir la determinación del juez Arias Maldonado concediendo el nuevo juicio a Rodríguez.

El Tribunal Apelativo ratificó al juez y luego determinó un "no ha lugar" a una petición de reconsideración del Ministerio Público.

Pero el martes pasado, durante una vista para atender el "Habeas Corpus" y la desestimación, la defensa presentó una certificación del Tribunal de Apelaciones consignando que no había paralizado el caso.

 Ese día la fiscal Báez Fernández pidió tiempo para responder a las mociones. La vista se pospuso para hoy, viernes,

 Al mismo tiempo, la Oficina de la Procuradora General acudió al Supremo y logró la paralización del procedimiento.

Sin embargo, antes de que el Ministerio Público acudiera al Tribunal Supremo, la defensa y el Ministerio Público iniciaron conversaciones para disponer del caso.

También anunciaron a la jueza Durán Guzmán el acuerdo, que consistía en rebajar el cargo de agresión sexual a un cargo de actos lascivos, con la recomendación de una pena de tres años y un día de cárcel.

En ese momento, la jueza no aceptó la transacción porque no tenía jurisdicción sobre el caso por la paralización del Apelativo.

Entonces, de forma inesperada y cinco días después de informar el acuerdo a la magistrada, el Ministerio Público retiró el acuerdo y acudió al Supremo.

A su salida de sala, el licenciado Albino González se mostró confiado en que el Supremo ratificará la determinación del juez Arias Maldonado, que concedió el nuevo juicio porque la víctima mintió ante el jurado sobre su interés en demandar y reclamar daños por la agresión sufrida.

Poco tiempo después del veredicto de culpabilidad, la víctima sometió ante el Tribunal Federal una demanda millonaria contra el condominio donde ocurrió la agresión y la compañía de seguridad, donde laboraba Rodríguez.

"La prueba que surgió luego que terminara el juicio ameritaba el que se celebrara un nuevo juicio porque socavaba la confiabilidad en el veredicto del jurado, ya que ellos cuando deliberaron no contaban con esta nueva prueba que surgió", apuntó el letrado.

Reconoció también que no es común que el Tribunal Supremo entienda en este tipo de controversia.

"Para llegar al Supremo tiene que ser un recurso de Certiorari, que es un recurso discrecional. El Supremo no entiende en la mayor parte de esos recursos. Pero entiendo que debido a que hay muchas controversias noveles planteadas en este caso, los hechos y que sea un caso que ha estado en la palestra pública, en ese sentido pues yo creo que eso lo hace susceptible y atractivo para el Supremo entender en el mismo", apuntó Albino González.